Aviso por el cual se da a conocer el Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal PROY-NADF-006-RNAT-2016, que establece los Requisitos, Criterios, Lineamientos y Especificaciones Técnicas que deben cumplir las Autoridades, Personas Físicas o Morales que realicen Actividades de Fomento, Mejoramiento y Mantenimiento de Áreas Verdes en la Ciudad de México

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

M. en C. Tanya Müller García, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México y Presidenta del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal con fundamento en los artículos párrafo tercero, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; , 12 fracción X, 118 fracción IV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; , 12 fracción X, 118 fracción IV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º, 5º, 15 fracción IV, 16 fracciones I y IV, 17, 26 fracciones I, III, IV, VIII, y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º fracciones I, II, III y IV, 2º fracciones IV, V y VII, 5, 6 fracción II, 9 fracciones IV, VII, XXVII y XXVIII, 18 fracciones II, III, VI y X, 19 fracción IV, 23 fracción VIII, 36 fracción I, 37, 38, 40 fracción III, 86 fracciones I y II, 86 Bis 5, 87 y 88 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 7 fracción IV numeral 2, 37 y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; al Acuerdo por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de Distrito Federal (ahora Gaceta Oficial de la Ciudad de México), el día 23 de abril de 2002; y Acuerdos por los que se reforma el diverso por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (ahora Gaceta Oficial de la Ciudad de México), los días 19 de agosto de 2005 y 4 de julio de 2007, derivados de las reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (ahora Gaceta Oficial de la Ciudad de México), los días 19 de enero y 28 de febrero de 2007, respectivamente; así como en el Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 29 de enero de 2016, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL PROY-NADF-006-RNAT-2016, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS, CRITERIOS, LINEAMIENTOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS AUTORIDADES, PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALICEN ACTIVIDADES DE FOMENTO, MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

El presente Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, se emite para Consulta Pública, a efecto de que dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los interesados presenten sus comentarios por escrito, en idioma español y con el sustento técnico suficiente ante el citado proyecto, para lo cual se deberán dirigir a la Presidencia del Comité e ingresarse en la Dirección General de Regulación Ambiental, ubicada en la calle Tlaxcoaque número 8, Edificio Jeanne D2019Arc, 5º piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06090, Ciudad de México, dentro de un horario de 9:00 a 14:00 horas, teléfono: 5278 9931 ext. 5466, 5467, 5421, 5115 y 5117, correo electrónico: sriatec_conadf@sedema.df.gob.mx para que en los términos de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, sean considerados.

PREFACIO

Por Acuerdo del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, el 6 de mayo de 2016, se aprobó la creación del Grupo de Trabajo correspondiente y se instruyó a la Secretaría Técnica del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal para publicar la Convocatoria respectiva, acto que se realizó el 26 de mayo de 2016, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página de internet del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal. Una vez cumplidos los plazos y procedimientos citados en la Convocatoria Pública, se instaló el Grupo de Trabajo el 17 de junio de 2016, dicho grupo se integró con representantes de las dependencias, órganos desconcentrados, organismos descentralizados, instituciones y empresas que se detallan a continuación:

Dependencias, Órganos Desconcentrados y Órganos

Descentralizados: Delegación Miguel Hidalgo Secretaría del Medio Ambiente: Delegación Tláhuac

Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales; Delegación Venustiano Carranza Dirección General de Vigilancia Ambiental; Delegación Xochimilco Dirección General del Sistema de Aguas de la Ciudad de

México; Instituciones Académicas:

36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 de Marzo de 2017

Dirección Ejecutiva Jurídica; Universidad Autónoma Metropolitana, Azcapotzalco Dirección del Bosque de San Juan de Aragón; Centro Interdisciplinario de Investigación de Estudios

Sobre Medio Ambiente y Desarrollo del IPN Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental; Asociaciones, Cámaras Fundaciones y Empresas: Dirección de Manejo y Regulación de Áreas Verdes

Urbanas; y La Gota Verde, A.C.

Dirección de Regulación Ambiental. Espacios Verdes Integrales, S.A. de C.V.

Secretaria de Obras y Servicios: Servicios Ecológicos y Jardinería Xochimilco, S. de

R.L. de C.V.

Dirección General de Servicios Urbanos. Empresa Ricardo Serrano Padilla Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento

Territorial:

Empresa Roberto Oliva

Personas físicas:

Delegación Benito Juárez Diana Marchal Valencia Delegación Iztacalco Víctor Augusto Díaz Coppe Delegación Magdalena Contreras Alejandro Montes Quintero

ÍNDICE

  1. Introducción

  2. Objeto

  3. Ámbito de validez

  4. Referencias

  5. Definiciones

  6. Requisitos técnicos generales

  7. Fomento

  8. Mejoramiento

  9. Mantenimiento

  10. Compensación

  11. Observancia

  12. Vigencia

  13. Fuentes consultadas

  14. ANEXO A. PROYECTO DE FOMENTO Y/O MEJORAMIENTO DE ÁREAS VERDES 15. ANEXO B. ESPECIES PREFERENTES

  15. ANEXO C. BANQUEO

  16. ANEXO D. PLANTACIÓN

  17. ANEXO E. FACTORES

    1. Introducción.

    Las áreas verdes contribuyen de manera fundamental al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad de México, son indispensables para disminuir las "islas de calor", capturar contaminantes y partículas suspendidas, producir oxígeno, frenar la erosión del suelo, incrementar la humedad, disminuir los niveles de ruido, captar agua pluvial y constituir sitios de refugio y alimentación para diversas formas de vida. Las áreas verdes se relacionan con la salud pública, la recreación y el realce de la imagen urbana, y generan efectos positivos en la salud mental y en la educación, por lo que es de gran interés para el Gobierno de la Ciudad su protección y promoción.

    Actualmente, la mayoría de las acciones orientadas a su fomento, mejoramiento y conservación, no se realizan con la planificación y el diseño adecuados, disminuyendo así la potencialidad de los servicios ambientales que le pueden proporcionar a la ciudad.

    Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos y Subprocuraduría de Protección Ambiental.

    La presente Norma dará sustento a las acciones de fomento, mejoramiento y mantenimiento de las áreas verdes, toda vez que se considera la elaboración de un proyecto previo a la ejecución de cualquier tipo de trabajo relacionado con estas áreas vitales. Se contemplan los aspectos ambientales y sociales del área, la adecuada selección de especies a establecer, la calidad de plantación para garantizar su sobrevivencia, las distancias mínimas de plantación, así como las técnicas de mantenimiento que garanticen su desarrollo óptimo. Con ello, se pretende que las áreas verdes de la Ciudad de México sean consideradas como un "sistema integral viviente", en el cual conviven diversas especies vegetales y animales, y que las condiciones que las definan sean su ubicación, su tipo de suelo, la disponibilidad de agua y las actividades que en torno suyo lleve a cabo la ciudadanía.

    En la medida en que se aplique esta Norma, se logre una buena coordinación entre los distintos sectores de la sociedad y del gobierno, se cree y difunda una conciencia de la importancia social y ambiental de estos espacios, se contará con mejores áreas verdes para el disfrute de las generaciones actuales y futuras.

    2. Objeto.

    Establecer los criterios, lineamientos y especificaciones técnicas que deberán cumplir las autoridades y personas físicas o morales que realicen o requieran realizar acciones de fomento, mejoramiento y mantenimiento de áreas verdes competencia de la Ciudad de México, con el fin de proteger, mantener, conservar, preservar y aumentar los servicios ambientales que brindan las áreas verdes de esta Ciudad.

    3. Ámbito de validez.

    La presente Norma Ambiental rige en el territorio de la Ciudad de México y aplica a todas las autoridades y personas físicas o morales que requieran realizar trabajos de fomento, mejoramiento y mantenimiento de áreas verdes competencia de la Ciudad de México.

    4. Referencias.

    Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988.

    Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2000.

    Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de junio de 2011.

    Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de abril de 2003.

    Ley de Aguas del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de mayo de 2003.

    Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010. Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de abril de 2000.

    Ley de Desarrollo Metropolitano para el Distrito...

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