Aviso por el cual se da a conocer el Protocolo de Atención Integral al Maltrato Contra Niñas, Niños y Adolescentes en su Entorno Familiar, en el Ejercicio 2017

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LIC. GUSTAVO GAMALIEL MARTÍNEZ PACHECO, Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 4° de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos; 4° de la Convención sobre los Derechos del Niño, 54 fracciones I y II, 71 fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2° del Decreto de 2 de julio de 1997, por el que se crea el Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio que se denomina Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal; y 15 fracción VII del Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, tiene a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL AL MALTRATO CONTRA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN SU ENTORNO FAMILIAR., EN EL EJERCICIO 2017.

INDICE

Capítulo I.- Disposiciones Generales
Capítulo II.- Del Registro de Reportes de Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes
Capítulo III.- De la Investigación Social para la Detección del Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes Capítulo IV.- Del Diagnóstico para el Tratamiento del Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes
Capítulo V.- Del Tratamiento Social
Capítulo VI Del Seguimiento Social y Cierre de la Atención
Capítulo VII.- De la Supervisión
Capítulo VIII.- De la Intervención Psicológica
Capítulo IX.- De la Intervención Pedagógica
Capítulo X.- Del Archivo Documental
Capítulo XI.- Del Sistema Informático de Investigación Social de Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes Anexos. Artículo 16

Referencias Bibliográficas.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. El presente protocolo tiene por objeto garantizar los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes frente a contextos de maltrato contra niñas, niños y adolescentes que no constituyan una conducta delictiva; así como, establecer los procedimientos y las acciones que deberá realizar el personal responsable asignado a la Jefatura de Unidad Departamental, para brindar una protección integral dentro del ámbito de las atribuciones del DIFCDMX.

ARTÍCULO 2. La actuación del personal responsable deberá realizarse de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad, no discriminación e igualdad en la atención a niñas, niños y adolescentes que viven maltrato, independientemente de su sexo, edad, nacionalidad, raza, discapacidad, creencias y/o cualquier otra causa análoga.

ARTÍCULO 3. La observancia de este protocolo corresponde a las personas con perfil de trabajo social, psicología, pedagogía, medicina y derecho, adscritas a la Jefatura de Unidad Departamental correspondiente.

ARTÍCULO 4. Para los efectos de este Protocolo se entenderá por:

I.- Alianza: Unión y apoyo positivo que se dan entre dos o más personas, para compartir intereses (DIFCDMX, 2017).

II.- Adolescentes: Son las personas de entre doce años cumplidos y menos de 18 años. (LDNNACDMX, 2017).

III.- Coalición: Unión de dos miembros contra un tercero que pertenezca o no a un mismo sistema familiar (Minuchin, 1986).

IV.-Concientización: Consiste en hacer que una persona tome conciencia de un acto determinado, asumiendo las consecuencias que tienen o tendrán sus actos (DIFCDMX, 2017).

116 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Junio de 2017

V.-Contrato Terapéutico: Es la forma de darle estructura al trabajo con la familia, donde se incluyen lugar, reglas, tiempo y duración de las sesiones, en esencia, valorar y analizar el objetivo de la familia y de cada uno de sus miembros que permita lograr una meta como sistema familiar, ante el problema presente. (De Shazer, Kinberg, Lipchik, Nunnally, Molnar y Gingerich, 1986).

VI.-Coordinación: Personal encargado de vigilar el adecuado funcionamiento de las acciones realizadas por el personal de trabajo social, psicología, pedagogía, medicina y derecho a su cargo, mediante acciones administrativas y/o acciones sociales en los casos que así lo requieran; ya sea de forma individual o multidisciplinaria. (DIFCDMXM, 2017)

VII.-PPDNNA. Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes adscrita al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México. (DIFCDMXM, 2017)

VIII-. Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: En atención a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (2015), de manera enunciativa más no limitativa, se consideran los siguientes derechos:

  1. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo.

  2. Derecho de prioridad.

  3. Derecho a la identidad.

  4. Derecho a vivir en familia.

  5. Derecho a la igualdad sustantiva.

  6. Derecho a no ser discriminado.

  7. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral.

  8. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal.

  9. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social.

  10. Derecho de niñas, niños y adolescentes con discapacidad.

  11. Derecho a la educación.

  12. Derecho al descanso, al juego y al esparcimiento.

  13. Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura.

  14. Derecho a la libertad de expresión y acceso a la información.

  15. Derecho de participación.

  16. Derecho a la asociación y reunión.

  17. Derecho a la intimidad.

  18. Derecho a la seguridad jurídica, acceso a la justicia y al debido proceso.

  19. Derecho a recibir protección especial cuando se encuentre en situación de discriminación múltiple.

  20. Derecho al acceso a la información y a las tecnologías de la información.

    I.-Desarrollo Sociocultural.- Es el crecimiento sistemático de las capacidades de las personas con el fin de mejorar, a través de acciones que faciliten el progreso teniendo en cuenta aspectos económicos, culturales, sociales, históricos y políticos (DIFCDMX, 2016).

    II.-Diario de campo. Instrumento de Trabajo Social, en el cual se registran notas de las observaciones durante la intervención social, de manera cronológica y detallada (DIFCDMX, 2017).

    III.-Diagnóstico Social. Es la presentación escrita y descriptiva a manera de conclusión, a la que se llega con base en el análisis, interpretación y síntesis de la información relacionada con el problema que se ha investigado (DIFCDMX, 2017). DIF-CDMX: Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México.

    IV.-Dinámica familiar: Las relaciones entre todos los integrantes de una familia. Estas relaciones son cambiantes y están sujetas a diversas influencias, las cuales pueden ser internas y/o externas (De Robertis, 1981).

    V.-Empatía terapéutica (Joining): Durante la convivencia con los miembros de la familia, el terapeuta confirma los aspectos positivos de cada uno y, de esta manera el terapeuta se convierte en una fuente de autoestima. Una vez logrado este punto, y recordando que el terapeuta ingresa directamente al sistema familiar, los miembros de la familia tienen la confianza de expresar las situaciones y sentimientos por los que atraviesan, sabiendo que se encuentran en un espacio de confianza y con un profesional que los ayudará a dar solución a su problemática (Boscolo, Cecchin, Hoffman y Penn, 1989).

    VI.-Encuadre: Se refiere a generar un planteamiento del proceso terapéutico, psicoterapeuta con el derechohabiente o la familia, explicando las funciones, metas de la terapia, es decir, sus alcances y sus limitaciones en relación a la intervención psicológica, así como, los cambios que el mismo terapeuta puede acordar con el sistema familiar (DIFCDMX, 2015).

    VII.-Entrevista.- Es un proceso en donde se establece una conversación con un propósito deliberado, aceptado mutuamente por los participantes (Kadushin, 1974).

    VIII.-Entrevista focalizada: Entrevista a profundidad, centrando la atención de quien entrevista en una situación concreta, para abordar los puntos o aspectos que deben ser cubiertos en función de los objetivos de la investigación e intervención (DIFCDMX, 2017).

    IX.-Estructura familiar: Conjunto invisible de demandas funcionales que organizan los modos en que interactúan los miembros de una familia. Son pautas cuyo funcionamiento se basan en reglas de quiénes son los que actúan, con quién y de qué forma (Minuchin y Fishman, 2004).

    X.-Folio: Se refiere al número asignado a un reporte social, el cual no cuenta con la información necesaria para formalizar su registro (DIFCDMX, 2017).

    XI.-Jefatura: Se refiere a la Jefatura de Unidad Departamental de Atención en Entornos Violentos adscrita a la Procuraduría de Protección del DIF-CDMX (DIFCDMX, 2017).

    XII.-Impresión psicológica: Hipótesis de trabajo que el personal psicoterapeuta desarrolla a partir de sus experiencias y observaciones relacionadas en las entrevistas con la familia, una aproximación básica de problemática existente, empleada para identificar indicadores de maltrato contra niñas, niños y adolescentes (DIFCDMX, 2017).

    XIII.-Interés Superior de Niñas, Niños y Adolescentes. El interés superior de Niñas, Niños y Adolescentes, es el derecho sustantivo que exige adoptar un enfoque proactivo...

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