Aviso por el cual se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos, con número de registro MEO-204/110919-OPA-COY-4/010119

24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de octubre de 2019

ALCALDÍA COYOACÁN

MANUEL NEGRETE ARIAS, Alcalde de Coyoacán, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 52, 53 numeral 12 de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 29, 30, 31, fracción I, VIII, X, XIII y 71 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; así como en lo establecido en el Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 12 de Octubre de 2018, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA ALCALDÍA COYOACÁN NÚMERO DE REGISTRO MEO-204/110919-OPA-COY-4/010119

ATRIBUCIONES DEL TITULAR DE LA ALCALDÍA DE ACUERDO CON LA LEY ORGÁNICA DE LAS ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Artículo 30. Las personas titulares de las Alcaldías tienen atribuciones exclusivas en las siguientes materias: gobierno y régimen interior, obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos, movilidad, vía pública y, espacios públicos, desarrollo económico y social, cultura, recreación y educación, asuntos jurídicos, rendición de cuentas, protección civil y participación de derecho pleno en el Cabildo de la Ciudad de México, debiendo cumplir con las disposiciones aplicables a este órgano.

CONTENIDO

  1. MARCO JURÍDICO

  2. OBJETIVO GENERAL

  3. INTEGRACIÓN

  4. ATRIBUCIONES

  5. FUNCIONES

  6. CRITERIOS DE OPERACIÓN

  7. PROCEDIMIENTO

  8. GLOSARIO

  9. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN

    I. MARCO JURÍDICO

    CONSTITUCIÓN (Federal y Local)

    1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma 06 de junio de 2019.

    2. Constitución Política de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de febrero de 2017. Última reforma 02 de mayo de 2019.

      LEYES

    3. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 13 de diciembre de 2018. Sin reformas.

    4. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008. Última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.

    5. Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 01 de septiembre de 2017. Última reforma publicada el 4 de marzo de 2019.

    6. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016. Última reforma, 29 de mayo de 2019.

    7. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018. Sin reformas.

    8. Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2018.

      REGLAMENTOS

    9. Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 2 de enero de 2019. Última reforma el 15 de febrero de 2019.

      CIRCULARES

    10. Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.

    11. Circular por medio de la cual se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 01 de octubre de 2015.

      II. OBJETIVO GENERAL

      Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos mediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.

      III. INTEGRACIÓN

      De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 6.4.6 de la Circular Uno Bis, para el debido cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y funciones, el Comité Técnico Interno de Administración de Documentos, estará integrado de la siguiente forma:

      Integrante Puesto de Estructura Orgánica

      Presidencia Dirección General de Administración

      Secretaría Técnica Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Secretaría Ejecutiva Subdirección de Transparencia

      Coordinación de Asesores y de Planeación del Desarrollo

      Dirección General de Gobierno y Asuntos Jurídicos

      Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Generales y Apoyo Logístico Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

      Dirección General de Servicios Urbanos

      Dirección General de Desarrollo Social

      Dirección General de Desarrollo Económico y Sustentabilidad

      Dirección General de Participación Ciudadana

      Dirección General de Cultura y Educación

      Subdirección de Asistencia Legal

      Titular del Órgano Interno de Control en la Alcaldía de Coyoacán Subdirección de Informática

      Subdirección de Presupuesto

      Líder Coordinador de Proyectos de Transparencia e Información Pública

      Representante de la Subsecretaría de Capital Humano y Administración

      Nombre del cargo de la persona proveniente de una institución especializada pública o privada en materia de archivos, que determine la afectación que tienen los documentos.

      IV. ATRIBUCIONES

      De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:

  10. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en la materia dentro de los archivos del ente público;

  11. Realizar los programas de valoración documental del ente público;

    Vocales

    Representantes

    Asesoras/es (opcional)

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  12. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;

  13. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones nacionales o internacionales;

  14. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y

  15. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;

  16. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

    De conformidad con el Numeral 6.4.14 de la Circular Uno Bis, las funciones del COTECIAD son:

  17. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en la materia de archivos de la Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad.

  18. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros, que favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para el mejoramiento integral de los archivos; y

  19. Emitir su Manual Específico de Operación, remitiéndolo a la DGRMSG y a la CGEMDA para su registro, así como su Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe de su cumplimiento, el cual deberá enviarse también a la DGRMSG dentro de los primeros treinta días del mes de enero del año que corresponda para su registro y seguimiento.

    V. FUNCIONES

    DE LA PRESIDENCIA

    1. Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;

    2. Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;

    3. Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

    4. Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y administrativas que regulan la materia de archivos;

    5. Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización óptima de los recursos en el tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y demás normas aplicables;

    6. Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;

    7. Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo;

    8. Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD;

    9. Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Subsecretaría de Capital Humano y Administración, el Programa...

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