Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria PPSA CDMX-2020, para la inscripción y registro en el padrón de prestadores de servicios ambientales del Gobierno de la Ciudad de México

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Dra. Marina Robles García, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos párrafo quinto y y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1° numeral 7, 3° numeral 2 inciso c, 13 A, y 16 A de la Constitución Política de la Ciudad de México; 14, 16 fracción X,18, 20 fracción IX, 35 fracciones I, IV, VII, XII, XXII, XXIV, XXVI, XLII y XLVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México; 1º fracciones I, II y V, 2º fracciones III, IV, VII, VIII, IX, X, XI y XII, 3º fracción IV, VII y VIII, 6º fracciones II, 9º fracciones IV, XXVII, XXVIII, XLII, XLVI y LIII, 54, 129, 187, 188 y 190 Ter y 200 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 7 fracción X inciso B) y 184 fracciones II. VIII, IX y XXII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 91, 92, 93, 94 y 95 del Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo; y

CONSIDERANDO

Que dentro de los principios y lineamentos de política ambiental que las autoridades, así como la sociedad deben asumir en corresponsabilidad, se encuentran la protección, conservación y el mejoramiento del medio ambiente de la Ciudad de México, con el fin de proteger la salud humana y elevar la calidad de vida de su población.

Que el principio de desarrollo sustentable se funda en medidas apropiadas de conservación del equilibrio ecológico, protección del medio ambiente y aprovechamiento responsable de los recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

Que los estudios de impacto ambiental son instrumentos de la política ambiental, que contienen la información relacionada con los planes, programas, proyectos, obras o actividades que se pretendan desarrollar en el territorio de la Ciudad de México; y que los particulares someten a evaluación con el objeto de evitar o reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente, prevenir futuros daños y propiciar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

Que los Prestadores de Servicios Ambientales son las personas físicas que elaboran estudios de impacto ambiental y de riesgo, informes de cumplimiento de condicionantes y/o de disposiciones ambientales, por cuenta propia o de terceros, y que son corresponsables del contenido de los mismos.

Que a la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México corresponde la elaboración y publicación del Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales del Gobierno de la Ciudad de México, así como definir los principios mediante los cuales se habrá de formular, conducir y evaluar la política ambiental en la Ciudad de México, así como los instrumentos y procedimientos para su aplicación.

Que, con el fin de generar instrumentos que permitan garantizar el contenido y la calidad técnica y legal de los estudios de impacto ambiental que son presentados para su evaluación ante la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, se emite la Convocatoria para el registro en el Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales de la Ciudad de México:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PPSA CDMX-2020 PARA LA INSCRIPCIÓN Y REGISTRO EN EL PADRÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS AMBIENTALES DEL GOBIERNO DE LA

CIUDAD DE MÉXICO

Objetivos Generales

Crear un padrón en el que se encuentren registradas las personas que realicen estudios de impacto ambiental, en sus diferentes modalidades, con motivo de los planes, programas, proyectos, obras o actividades que se pretendan desarrollar en la Ciudad de México.

Otorgar a la ciudadanía un instrumento en el que de manera fácil y sencilla puedan verificar la existencia de las personas registradas ante la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, que se ostenten como Prestadores de Servicios Ambientales.

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 de marzo de 2020

Objetivos específicos

  1. Proporcionar la información suficiente de las personas que ofrecen servicios profesionales en materia de impacto ambiental y de riesgo.

  2. Promover el profesionalismo de los servicios ambientales en materia de impacto ambiental y de riesgo, resaltando valores que fomenten la ética y la honestidad como condición necesaria en la prestación del servicio.

  3. Brindar la posibilidad de que los contratantes de los servicios puedan proporcionar el grado de satisfacción con los productos obtenidos.

    I. BASES

    PRIMERA. DEFINICIONES.

    Además de las definiciones y referencias contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; y el Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo, para efectos de la presente Convocatoria se entiende por:

    Convocatoria: La presente convocatoria PPSA CDMX-2020 para la Inscripción y Registro en el Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales del Gobierno de la Ciudad de México.

    DGEIRA: Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental, unidad administrativa adscrita a la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México.

    GOCDMX: Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

    Ley: Ley Ambiental de Protección a la Tierra del Distrito Federal.

    Padrón: Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales del Gobierno de la Ciudad de México.

    Prestador de Servicios Ambientales: Persona física con registro en el Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales del Gobierno de la Ciudad de México, responsables de la elaboración de los estudios de impacto ambiental, de daño ambiental o de riesgo, presentados por una persona física o moral que pretende realizar planes, programas, proyectos, obras o actividades en la Ciudad de México.

    Secretaría: Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México.

    Solicitante, aspirante o participante: Persona física interesada en obtener un registro en el Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales del Gobierno de la Ciudad de México.

    SEGUNDA. LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROYECTO.

    La publicación de la Convocatoria para el registro y revalidación en el Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales del Gobierno de la Ciudad de México se publicará bianualmente en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

    Los interesados en participar deberán cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en las BASES TERCERA y CUARTA, dentro de los plazos señalados y lineamientos de la presente Convocatoria.

    La presentación de documentos se llevará a cabo en la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental, ubicada en la Calle Tlaxcoaque Número 8, Quinto Piso, Colonia Centro, Código Postal 06090, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, por un periodo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria.

    Los interesados en formar parte del Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales del Gobierno de la Ciudad de México, deberán presentar ante la DGEIRA, en las fechas mencionadas, su solicitud de registro debidamente requisitada, acompañada de la documentación y los anexos que se señalan en esta Convocatoria.

    La documentación e información requerida deberá ser integrada y presentada en dos tantos iguales, en carpetas de tres argollas, debidamente foliadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR