Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria para Participar en el Proceso de Reclutamiento, Selección e Ingreso de Aspirantes a la Policía Preventiva de la Ciudad de México

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 4 de Abril de 2018

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

La Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a través de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 78 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 19, 24, 25, 29, 30, 31, 32 y 40 fracción VI de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; 8° fracción III, 47, 49, 50, 51 fracción VI y IX, 55 y 56 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y 2 fracciones VI y XX, 7°, 8° fracciones II y V, 9°, 10, 48, 50 fracción V, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69 y 71 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 14 de septiembre de 2012, ha tenido a bien emitir la siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN E INGRESO DE ASPIRANTES A LA POLICÍA PREVENTIVA DE LA

CIUDAD DE MÉXICO

I. REQUISITOS:

a) Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles sin tener otra nacionalidad;

b) Aquellos aspirantes que cuenten con doble nacionalidad, deberán reportarlo a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, exhibiendo para ello el certificado de nacionalidad mexicana por nacimiento, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores en términos de lo dispuesto en los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad.

c) Acreditar haber concluido la enseñanza media superior o equivalente.

d) Edad entre 18 y 30 años.

e) Estatura mínima en hombres 1.60 metros y 1.50 metros en mujeres;

f) Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal y no encontrarse en ninguno de los supuestos siguientes:

1) Haber sido sujeto a proceso en el que se haya dictado una resolución firme de responsabilidad en su contra por el Juzgado de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, o su equivalente en cualquier Entidad Federativa, derivado de la comisión de algún acto que tratándose de mayores de edad sea considerado como delito doloso grave o culposo agravado, y

2) Contar con antecedentes de dos o más ingresos a las comunidades para adolescentes, dependientes de la Dirección Ejecutiva de Tratamiento a Menores, o su equivalente en cualquier entidad federativa, aun y cuando, derivado de los procesos haya sido exonerados de los cargos.

g) En caso de los varones, haber cumplido con el Servicio Militar Nacional.

h...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR