Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria para obtener autorización como comercializador de catalizadores de oxidación y filtros de partículas diesel para vehículos que circulan en la Ciudad de México

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Dr. Antonio Mediavilla Sahagún, Director General de Gestión de la Calidad del Aire de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7, fracciones III y VII 112, fracciones I, V, VII, X y XII y 113 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 1° y 12 fracciones I, VI y X, 118 fracción IV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 7, 15 fracción IV, 16 fracción IV, 17 y 26 fracciones I, II, III, IV, VI, XIII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1 fracciones III y V, 2 fracción I, 9 fracciones I, IV, XXII, XXVII, XXVIII y XXXI; 13 fracciones I y II, 18 fracciones II, III y IV, 19 fracciones II y VII, 20, 71 bis fracciones I y II, 123, 131, 133 fracciones I, III, IV, X, XIII, y XVIII, 140, 145 segundo párrafo y 147 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 1°, 2°, 7 fracción IV numeral 1, 37 fracciones I y XVIII y 54 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 4° fracción VI, 10 fracciones II, V, VI, 14 24, 25, 26 y 27 del Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal en Materia de Verificación Vehicular; y

CONSIDERANDO

Que las emisiones de los motores que utilizan diesel como combustible requieren de atención especial, ya que la evidencia internacional sobre la toxicidad de estas emisiones ha sido suficiente para que la Organización Mundial de la Salud; a través de la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer las clasifique como carcinógenos para los humanos, por su facilidad de penetrar en los pulmones.

Que a nivel internacional la atención se ha centrado en los impactos en la salud derivados de la exposición a partículas suspendidas menores a 2.5 y 10 micrómetros (PM2.5 y PM10) por su relación con la reducción de funciones pulmonares, el incremento en la frecuencia de enfermedades respiratorias y reducción de la expectativa de vida.

Que de acuerdo al Inventario de Emisiones de la Zona Metropolitana del Valle de México 2012, las fuentes móviles son la principal fuente de contaminación, circulan un poco más de 5 millones de vehículos de los cuales el 78% son de uso particular, el 8% de uso para el transporte público y el 14% son vehículos de carga; generando anualmente 50 millones de toneladas de gases de efecto invernadero (49% por las fuentes móviles), más de 9 mil toneladas de partículas finas (PM2.5)

de las cuales el 31% son de fuentes móviles, 2 millones de toneladas de precursores de ozono, óxidos de nitrógeno y compuestos orgánicos volátiles (COV), de estos las fuentes móviles aportan 73%; y más de 2 mil toneladas de carbono negro (principal contaminante que incide en el cambio climático) aportando el 79% las fuentes móviles.

Que de acuerdo a los programas implementados por otros países el uso de catalizadores de oxidación diesel, disminuye al menos un 20% de las emisiones de material particulado provenientes de automotores a diesel.

Que de acuerdo a los programas implementados por otros países como Estados Unidos de América, Suiza y Chile el uso de filtros de partículas diesel, según las certificaciones emitidas por CARB, VERT, EPA y FOEN, reducen hasta el 99% las emisiones de material particulado provenientes de automotores a diesel.

Que desde el año 2001 la Secretaría del Medio Ambiente celebra Convenios de Autorregulación Ambiental para Vehículos Diesel, en los cuales las empresas mercantiles o rutas de transporte público de pasajeros establecen programas de mantenimiento preventivo o correctivo para mantener sus unidades un 52% por debajo de lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-045-SEMARNAT-2006 (1.2 m-1), que indica los límites máximos permisibles de opacidad, a cambio de obtener la exención al programa "Hoy No Circula" de las unidades de hasta veinte años de antigüedad.

Que los Convenios de Autorregulación Ambiental para vehículos a diesel son una herramienta que permite impulsar el mantenimiento preventivo de las unidades vehiculares para reducir las emisiones generadas. Además, el...

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