De la autorización de las promociones

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas5-6
5
el sorteo, el valor de los premios deberá incrementarse en la misma
proporción;
IV. Que se exprese en forma clara y ostensible el día, hora y lugar
en que se efectuará el sorteo y el medio a través del cual se hará del
conocimiento del público el resultado del mismo; y
V. Que en caso de no existir ganador en los sorteos, los incentivos
o su equivalente en numerario se donen a la Beneficencia Pública.
ARTICULO 13. En las promociones consistentes en el ofrecimien-
to de dos o más bienes o servicios, iguales o diversos por un solo
precio, éste deberá ser inferior a la suma de los precios que preva-
lezcan en el mercado o los del establecimiento, siempre que en este
último caso los bienes o servicios promocionados se puedan adquirir
individualmente a su precio original.
Cuando un bien o incentivo no se encuentre en el mercado por
haber sido manufacturado especialmente para la promoción de un
bien o servicio, cualquiera de estos últimos podrán ser adquiridos o
contratados, según el caso, individualmente a su precio original.
Quien haga las promociones a que se refiere el presente artícu-
lo deberá informar en forma clara y ostensible el precio del bien o
servicios objeto de la promoción y, en caso de que ambos bienes o
servicios sean promocionados, el precio de cada uno, así como el
del conjunto.
ARTICULO 14. Cuando una promoción se realice en forma con-
junta por varias personas y exista incumplimiento de las disposiciones
de este Reglamento, sin poderse determinar quién de ellas cometió
la infracción, todas serán responsables de dicho incumplimiento.
CAPITULO III
DE LA AUTORIZACION DE LAS PROMOCIONES
ARTICULO 15. Para obtener la autorización de las promociones,
a que se refieren las fracciones IV y V del artículo 4o. de este Regla-
mento, el interesado deberá presentar en la Secretaría de Comercio
y Fomento Industrial, por escrito, por lo menos con tres días hábiles
de anticipación a la fecha en que vaya a iniciar la promoción, solicitud
que contenga lo siguiente:
I. Nombre y domicilio del solicitante;
II. Breve descripción de la promoción respecto a la cual se solicita
autorización; y
III. Declaración, bajo protesta de decir verdad, de que la promo-
ción cuya autorización se solicita, cumple con las disposiciones de
este Reglamento.
El interesado podrá utilizar los formatos de solicitud que gratuita-
mente proporcione la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, la
que deberá auxiliarlo para su llenado.
En el caso de las promociones señaladas en la fracción IV del ar-
tículo 4o. de este Reglamento, independientemente de lo dispuesto
en este Capítulo, el interesado deberá solicitar ante la Secretaría de
Gobernación, cuando se requiera de conformidad con la Ley Federal
12-15
RGTO. PROMOCIONES Y OFERTAS/PROMOCIONES

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR