AUTORIZACION NO. EBPE/1815/415/2014 AL PROGRAMA DE ESTUDIOS DE EDUCACION PREESCOLAR, MODALIDAD ESCOLARIZADA, TURNO MATUTINO Y ALUMNADO MIXTO; PARA SER IMPARTIDO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA DENOMINADA âJARDIN DE NIÃOS CRI-CRIâ, UBICADA EN AV. 20 DE NOVIEMBRE NUMERO 90, COLONIA CENTRO, DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO IXCUINTLA, NAYARIT
AUTORIZACIÓN No. EBPE/1815/415/2014
Tepic, Nayarit; a 07 de Noviembre del 2014.
VISTA, la solicitud de Autorización presentada ante esta Secretaría, el día 19 de
Septiembre del 2014, por la C. Sonia Flores Guzmán, en su carácter de propietaria de la institución educativa denominada “Jardín de Niños Cri-Cri”, para impartir el programa de estudios de Educación Preescolar, modalidad escolarizada, turno matutino y alumnado mixto, ubicada Av. 20 de Noviembre número 90, colonia Centro, del municipio de Santiago
Ixcuintla, Nayarit, y;
R E S U L T A N D O
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Que mediante escrito de fecha 19 de Septiembre del 2014, por la C. Sonia Flores
Guzmán, en su carácter de propietaria de la institución educativa denominada “Jardín de
Niños Cri-Cri”, para impartir el programa de estudios de Educación Preescolar, modalidad escolarizada, turno matutino y alumnado mixto, ubicada Av. 20 de Noviembre número 90, colonia Centro, del municipio de Santiago Ixcuintla, Nayarit.
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Que una vez presentada la solicitud, anexos, información y documentación complementaria por parte de la C. Sonia Flores Guzmán, en su carácter de propietaria de la institución educativa denominada “Jardín de Niños Cri-Cri”, para impartir el programa de estudios de Educación Preescolar, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1, 7, 8, 10, 11 fracción II, 13 fracción VI, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo primero, 47, 48, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 59, 60, 75, 76, 78 y 80 de la Ley General de Educación; 1, 2, 6, 9 fracción VI, 19 fracción l, 22, 39, 54, 55, 56, 57, 59 y 60 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación; y en observancia a lo dispuesto por el Acuerdo número 243, por el que se establecen las bases generales de
Autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, el Acuerdo número 357, por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con la Autorización para impartir Educación Preescolar.
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Que mediante oficio número 970/09/2014, de fecha 19 de Septiembre del 2014, se solicitó a la C. Mtra. Judith Ceballos Mejía, Jefa del Departamento de Educación Inicial y
Preescolar, para que revisara el perfil de docentes y realizara la visita de inspección técnico-higiénico pedagógica al domicilio señalado por la propietaria, con el fin de verificar si el bien inmueble cumple con los requisitos para la impartición del programa de estudios.
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Que se solicitó al Instituto Nayarita para la Infraestructura Física Educativa en oficio número 969/09/2014, de fecha 19 de Septiembre del 2014, para que revisara los documentos y realizara la visita de inspección técnico al inmueble ubicado Av. 20 de
Noviembre número 90, colonia Centro, del municipio de Santiago Ixcuintla, Nayarit, y;
Sábado 7 de Febrero de 2015 Periódico Oficial 3
C O N S I D E R A N D O solicitudes que formulen los particulares que deseen impartir educación, en términos de la legislación vigente en el Estado de conformidad con los artículos 3 y 8 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Nayarit; 1, 7, 8, 10, 11 fracción II, 13 fracción VI, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo primero, 47, 48, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 59, 60, 75, 76, 78 y 80 de la Ley General de Educación; 1, 2, 6, 9 fracción VI, 19 fracción l, 22, 39, 54, 55, 56, 57, 59 y 60 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 36 fracción XIV de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de...
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