La autonomía de las entidades federativas

AutorHéctor Guillermo Campbell Araujo
BIOLEXRevistaJurídicadelDepartamentodeDerechoUNISONURC
AcademiadeDerech oAdministrativo
TerceraÉpocaAño4.No.6/EneroJunio2012.
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La Autonomía de las Entidades Federativas
Héctor Guillermo Campbell Araujo61
Resumen
Del análisis de los artículos de la Constitución relativos al federalismo se colige
que en México, resulta más adecuado hablar de “autonomía” de los estados
integrantes de la federación que del eufemismo “soberanía interior”; dado que el
Federalismo es en sí mismo una forma de descentralización de la actividad Estatal
o política, necesaria para su propia existencia y la manera de hacer operativa
dicha descentralización es darle autonomía a los Estados Federalizados, para que
de esta manera les resulte atractiva su integración al Estado Federal.
Abstract
From the analysis of the articles of the Constitution relating to federalism be
inferred that in Mexico, it is more appropriate to speak of State’s ‘autonomy’ of the
Federation better than the euphemism "internal sovereignty"; given that federalism
is in itself a form of decentralization of State activity or policy, necessary for its own
existence and the way to do operative such decentralization, giving autonomy to
the States, makes attractive for them their integration to the Federal State.
Sumario: I.Introducción. II. Diferencias entre autonomía y soberanía. III.
Corolario. IV. Bibliohemerografía
Introducción
La Federación surge de la voluntad de varios Estados de unirse, en ese sentido el
artículo 40 constitucional, precisa que la República Mexicana se integra por
“Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero
unidos en una federación establecida según los principios de esta ley
fundamental”.

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