Decreto por el que se reforma el artículo 1o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y el artículo 1 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Edición | Matutina |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:
SE REFORMA EL ARTÍCULO 1o. DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS.
Artículo Primero.-
Se reforma la fracción I del artículo 1o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 1o.-
La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:
I. Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar;
II. a X. ...
...
Artículo Segundo.-
Se reforma el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue:
Artículo 1.-
...
Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación, así como establecer las bases para:
I. a XIII. ...
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D. F., a 2 de octubre de 2013.- Sen. Raúl Cervantes Andrade, Presidente.- Dip. Ricardo...
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