¿Está aprovechando los beneficios que le otorgan los diferentes decretos fiscales?

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Introducción

El artículo 39, fracción III, del CFF otorga la facultad al Ejecutivo Federal para que conceda subsidios o estímulos fiscales a los contribuyentes mediante resoluciones de carácter general.

Frecuentemente, esos beneficios son poco conocidos por los contribuyentes, debido a que se encuentran dispersos en diferentes decretos, motivo por el cual, no aplican los beneficios que les conceden.

En este taller se recopilan los más importantes que están vigentes para el presente ejercicio, y se indican las disposiciones que regulan a cada uno de ellos, a efecto de que puedan ser aprovechados por los contribuyentes.

Decretos presidenciales

Estímulo fiscal Disposiciones que lo regulan
Pago de ISR, IVA y IETU a cargo de artistas, mediante la entrega de obras de artes plásticas producidas por ellos. Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares (DOF 31/X/1994); artículo séptimo del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican y se modifican los diversos publicados el 5 de marzo de 2003 y el 31 de octubre de 1994 (DOF 28/XI/2006); artículo décimo primero del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única (DOF 5/XI/2007), y reglas I.13.5.1, I.13.5.2, I.13.5.5, II.13.1.1 y II.13.1.2 de la RMF para 2010-2011.
Pago del ISR mediante retención de personas morales, y exención en el pago del IVA, por la enajenación de obras de artes plásticas o antigüedades no propias. Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares (DOF 31/X/1994), y regla I.13.5.3 de la RMF para 2010-2011.
Opción para inversionistas en el Centro Histórico de la ciudad de México, de efectuar la deducción inmediata y hasta por el 100%, en el ISR, de las inversiones efectuadas. Artículos primero y cuarto del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas para el rescate del Centro Histórico de la ciudad de México (DOF 8/X/2001), y primero del Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas para el rescate del Centro Histórico de la ciudad de México (DOF 4/IV/2002).

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Estímulo fiscal Disposiciones que lo regulan
Facilidad para enajenantes de bienes inmuebles ubicados en el Centro Histórico de la ciudad de México, de considerar para el ISR como costo comprobado de adquisición el 40% del monto de la enajenación. Artículos segundo y cuarto del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas para el rescate del Centro Histórico de la ciudad de México (DOF 8/X/2001), y segundo del Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas para el rescate del Centro Histórico de la ciudad de México (DOF 4/IV/2002).
Ampliación del plazo según el sexto dígito numérico del RFC, para que los contribuyentes presenten las declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales después del día 17 del mes siguiente al periodo al que corresponda la declaración, ya sea por impuestos propios o por retenciones a terceros. Decreto por el que se exime del pago de los impuestos que se mencionan y se otorgan facilidades administrativas a diver-sos contribuyentes (DOF 31/V/2002).
Ampliación del importe deducible de pagos por concepto de uso o goce temporal de automóviles, de $165 a $250 diarios. Artículo cuarto del Decreto por el que se exime del pago de contribuciones federales, se condonan recargos de créditos fiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas, a los contribuyentes que se indican (DOF 23/IV/2003).
Deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo en el ISR, con por cientos mayores a los señalados en la ley. Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo (DOF 20/ VI/2003).
Exención en el pago de ISR a personas físicas que presten servicios personales subordinados, que derive de las cuotas de seguridad social a su cargo, erogadas por el empleador. Artículo noveno del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican (DOF 30/X/2003).
Estímulo para fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados que enajenen unidades de autotransporte federal de carga y de pasajeros (crédito equivalente a la cantidad que resulte menor entre el precio en que se reciban los vehículos usados a cuenta del precio de enajenación del vehículo nuevo, el 15% del precio del vehículo nuevo o la cantidad que corresponda al tipo de vehículo que se enajene, contra el ISR a cargo, las retenciones efectuadas a terceros por este impuesto o el IVA). Artículos décimo quinto del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican (DOF 30/X/2003); único del Decreto que modifica el diverso por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado el 30 de octubre de 2003 (DOF 12/I/2005); noveno del Decreto que establece facilidades administrativas en materia de contratos de obra pública, estímulos fiscales para el rescate del centro histórico de Mazatlán y para donantes a bancos de alimentos, así como otros beneficios fiscales (DOF 12/V/2006); y único del Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado el 30 de octubre de 2003 (DOF 4/III/2008), así como reglas I.13.1.1 a I.13.1.7 y II.13.2.1 a II.13.2.9 de la RMF para 2010-2011.
Exención parcial en el pago del ISR, a extranjeros con opera-ciones de maquila en el país. Artículo décimo primero del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican (DOF 30/X/2003), y reglas I.3.19.8 y I.3.19.9 de la RMF para 2010-2011.
Estímulo fiscal a enajenantes de vehículos nuevos destinados al transporte de 15 o más pasajeros (acreditamiento de 50% de la cantidad que resulte menor entre el precio en el que se reciban los vehículos usados o el 15% del precio del vehículo nuevo contra el ISR a cargo del contribuyente, las retenciones de dicho impuesto efectuadas a terceros, así como contra el IVA). Artículos décimo sexto A del Decreto que modifica al diverso por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado el 30 de octubre de 2003 (DOF 12/I/2005); noveno del Decreto que establece facilidades administrativas en materia de contratos de obra pública, estímulos fiscales para el rescate del centro histórico de Mazatlán y para donantes a bancos de alimentos, así como otros beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican (DOF 12/V/2006), y único del Decreto por el que se modifica el diverso por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado el 30 de octubre de 2003 (DOF 4/III/2008).

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Estímulo fiscal a adquirentes de vehículos nuevos, cuando hagan entrega de sus vehículos usados (acreditamiento del monto del ISR que derive del ingreso acumulable correspondiente al monto en el que se reciba el vehículo usado a cuenta del precio de enajenación del vehículo nuevo, contra el ISR propio). Artículo único del Decreto que modifica al diverso por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado el 30 de octubre de 2003 (DOF 12/I/2005), y Decreto por el que se modifica el diverso, publicado el 30 de octubre de 2003 (DOF 28/XI/2006).
Deducción adicional de 5% del costo de ventas de alimentos para contribuyentes de centros de abasto. Artículos primero del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales (DOF 26/I/2005); segundo transitorio del Decreto por el que se modifican los diversos publicados el 26 de enero de 2005 y 12 de mayo de 2006 (DOF 27/XI/2007), y reglas I.13.2.2 y I.13.2.3 de la RMF para 2010-2011.
Estímulo fiscal para la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas (acreditamiento en una cantidad equivalente a 100% del IVA que deba pagarse por la importación o enajenación de los productos citados). Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas (DOF 19/VII/2006), así como regla I.5.1.4 de la RMF para 2010-2011.
Disminución de la deducción inmediata de inversiones en la utilidad fiscal para los pagos provisionales de ISR. Artículos primero, tercero y octavo del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican y se modifican los diversos publicados el 5 de marzo de 2003 y el 31 de octubre de 1994 (DOF 28/XI/2006).
Disminución de la PTU pagada en el ejercicio de la utilidad fiscal para los pagos provisionales de ISR. Artículos segundo, tercero y octavo del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican y se modifican los diversos publicados el 5 de marzo de 2003 y el 31 de octubre de 1994 (DOF 28/XI/2006).
Opción de pagar el ISR para los pequeños contribuyentes que enajenen mercancías de procedencia extranjera aplicando la tasa de 2%, siempre que se trate de
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