Aportaciones al Infonavit

AutorJosé Pérez Chávez, Raymundo Fol Olguín
Páginas609-613
609
Aportaciones al Infonavit
Concepto
El artículo 29, fracción II, de la Ley del Infonavit (Linfonavit) señala que es obligación de
los patrones determinar el monto de las aportaciones de 5% sobre el salario de los tra-
bajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por
cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas
individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en
los términos de la Linfonavit y sus reglamentos.
En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial
para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.
Es obligación del patrón pagar las aportaciones por cada trabajador mientras exista la
relación laboral y subsistirá hasta que se presente el aviso de baja correspondiente.
El registro sobre la individualización de los recursos de la subcuenta de vivienda de
las cuentas individuales de los sistemas de ahorro para el retiro estará a cargo de las
Afore, en los términos previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
(LSAR) y su reglamento.
Determinación
1. Fórmula para su determinación
Salario diario integrado (salario base
de cotización para efectos del IMSS)
(x) Días del bimestre
(=) Salario diario integrado bimestral
(x) 5%
(=) Aportaciones bimestrales al Infonavit

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