Nueva Ley de Amparo. Análisis de las principales disposiciones

AutorLic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Páginas6-13

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Introducción

En 2011 se aprobaron y entraron en vigor una serie de importantes modificaciones constitucionales en materia del juicio de amparo y de los derechos humanos, las cuales fueron publicadas en el DOF los días 6 y 10 de junio de ese mismo año, respectivamente. Estas modificaciones constitucionales produjeron una auténtica revolución en la mane-ra de estudiar, entender y ejercer nuestros derechos constitucionales ante cualquier autoridad mediante el juicio de amparo, de modo que la Ley de Amparo vigente desde 1936 resultaba obsoleta e incongruente con el nuevo marco constitucional. En ese tenor de ideas, era necesaria una profunda y radical reforma a la ley referida (reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales), a fin de que se ajustara a las modificaciones constitucionales que entraron en vigor en octubre de 2011.

Para cumplir con ese objetivo, el Congreso de la Unión, después de un largo procedimiento legislativo, aprobó finalmente una nueva Ley de Amparo que fue publicada en el DOF del 2 de abril de 2013 y que entró en vigor el día siguiente al de su publicación. Esta nueva ley no sólo incorpora los cambios constitucionales que entraron en vigor desde 2011, sino que también aprovecha la oportunidad para introducir otros cambios de suma trascendencia que pretenden hacer más sencillo, rápido y eficiente el juicio de amparo.

Al efecto, analizamos los principales cambios contenidos en esta nueva Ley de Amparo.

Estructura general de la nueva Ley de Amparo

El nuevo ordenamiento jurídico que entró en vigor el 3 de abril de 2013, mantiene, en lo general, la estructura tradicional de la Ley de Amparo abrogada, de manera que se integra de cinco títulos, en los siguientes términos:

Título Integración
Título primero, denominado "Reglas generales". Se integra por once capítulos cuya denominación es la siguiente: capítulo I "Disposiciones fundamentales"; capítulo II "Capacidad y personería"; capítulo III "Plazos"; Capítulo IV "notificaciones"; capítulo V "Competencia", al cual pertenecen la sección primera "Reglas de competencia" y la sección segunda "Conflictos competenciales"; capítulo VI "Impedimentos, excusas y recusaciones"; capítulo VII "Improcedencia"; capítulo VIII "Sobreseimiento"; capítulo IX "Incidentes", al cual pertenecen la sección primera "Nulidad de notificaciones" y la sección segunda "Reposición de constancia de autos"; capítulo X "Sentencias"; capítulo XI "Medios de impugnación", integrado por la sección primera "Recurso de revisión", la sección segunda "Recurso de queja" y la Sección tercera "Recurso de reclamación".

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Título Integración
Título segundo, "De los procedimientos de amparo". Consta de dos capítulos: capítulo I "El amparo indirecto" al cual pertenecen la sección primera "Procedencia y demanda", la sección segunda "Substanciación" y la sección tercera "Suspensión del acto reclamado", que a su vez se integra por la primera parte "Reglas generales" y la segunda parte "En materia penal". A su vez, el capítulo II, titulado "El Amparo directo" está integrado por la sección primera "Procedencia", la sección segunda "Demanda", la sección tercera "Substanciación" y la sección cuarta "Suspensión del acto reclamado".
Título tercero, "Cumplimiento y ejecución". Se integra por siete capítulos: capítulo I "Cumplimiento e inejecución", capítulo II "Repetición del acto reclamado", capítulo III "Recurso de inconformidad", capítulo IV "Incidente de cumplimiento sustituto", capítulo V "Incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión", capítulo VI "Denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad" y el capítulo VII "Disposiciones complementarias".
Título cuarto, "Jurisprudencia y declaración general de inconstitucionalidad". Consta de seis capítulos: capítulo I "Disposiciones generales", capítulo II "Jurisprudencia pro reiteración de criterios", capítulo III "Jurisprudencia por contradicción de tesis", capítulo IV "Interrupción de la jurisprudencia", capítulo V "Jurisprudencia por sustitución" y capítulo VI "Declaratoria general de inconstitucionalidad".
Título quinto, "Medidas disciplinarias y de apremio, responsabilidades, sanciones y delitos". Se integra por tres capítulos: capítulo I "Medidas disciplinarias y de apremio", capítulo II "Responsabilidades y sanciones" y capítulo III "Delitos".

Cabe destacar que la Ley de Amparo abrogada constaba de dos libros: el primero, que se integraba de cinco títulos, y el segundo libro tenía un solo título.

Principales cambios contenidos en la nueva Ley de Amparo

Ampliación del objeto de protección en el juicio de amparo

Con motivo de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos, el artículo 1o. de la nueva Ley de Amparo dispone que el juicio de amparo tendrá por objetivo resolver, entre otras, las controversias por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas por la CPEUM, así como por los tratados internacionales.

La Ley de Amparo abrogada restringía el objetivo del juicio de amparo sólo contra leyes o actos de autoridad que violaran las garantías individuales. Como podemos apreciar, el objeto del juicio aumenta considerablemente, al incluirse como actos reclamados no sólo las leyes, sino cualquier norma general, y al poder combatir no sólo los actos, sino también las omisiones (no hacer) de las autoridades que violen los derechos humanos y las garantías otorgadas tanto en la CPEUM como en los tratados internacionales.

Aunado a ello, la nueva Ley de Amparo no sólo amplía el objeto de control y protección contra las normas, actos u omisiones de las autoridades, sino que también podrá ser objeto de protección contra normas, actos u omisiones de particulares, en los casos que señala la misma ley y que más adelante comentaremos. Antes, la protección sólo operaba contra leyes y actos de autoridad, pero no contra aquellos que provenían de particulares, lo cual extiende notablemente el objeto de protección del juicio de amparo.

Procedencia del juicio de amparo. Introducción del interés legitimo individual o colectivo

Conforme a la Ley de Amparo abrogada, el juicio de amparo debía seguirse siempre a instancia de parte agraviada; por tanto, para que procediera el amparo se debía acreditar que la persona que lo promoviera alegara la existencia de un interés jurídico identificado con un derecho subjetivo que le había sido violado; es decir, que sufría un agravio (en sus derechos) personal y directo. Sin embargo, la reforma al...

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