Amicus Curiae Culturae

AutorJorge Sánchez Cordero

La legitimidad institucional de ese poder público se fundamenta en dos premisas básicas: su independencia y su inclusión. El AC contribuye a vigorizar esta última, mientras que el PJ asegura una justicia sustantiva y procesal para toda la sociedad; más aún, esta función tiende a restablecer la asimetría social para los sectores vulnerables.

En nuestro tiempo la participación democrática del PJ transita entre dos extremos: su obligación primaria de resolver las controversias y su papel de creador de normas jurídicas como respuesta a planteamientos jurídicos novedosos; para ello su apertura a las propuestas del orden de AC es fundamental.

Es en Estados Unidos donde el amicus curiae se ha desarrollado con mayor precisión, toda vez que éste tiene como uno de sus propósitos aportar temas relevantes para el PJ que no han sido discernidos por las partes contendientes, lo que es de enorme valía para pronunciar veredictos (Regla 37.1 de la Suprema Corte de Justicia estadunidense). De ahí se deriva el aserto de que el AC nutre simbólicamente la inclusión democrática del PJ.

Es en tal contexto de inclusión democrática donde la ciudadanía puede expresarse acerca de decisiones que le pueden impactar. De esta manera, el AC es un promotor natural de la inclusión democrática dentro del diálogo social y preconstituye un elemento determinante del ideal democrático (Helen A. Anderson). Ello es especialmente trascendente para los grupos o comunidades que carecen de estructura, y por ende de capital político, a fin de hacerse escuchar en los otros poderes públicos. Mediante el AC la participación ciudadana puede influir en el diseño e implementación de políticas que atañen a esos núcleos sociales.

El postulado republicano de asegurar que todos los ciudadanos son iguales frente a la ley transfigura al PJ como repositorio de igualdad en un espacio público que debe permanecer al margen de toda consideración de raza, credo, color y de cualquier otra categoría social (Omari Scott Simmons).

La experiencia judicial ha demostrado que los AC obligan a la observancia de los principios democráticos en beneficio de la ciudadanía, lo que fortalece la fidelidad al PJ encargado de resolver controversias, inclusive aquellas con una dosis importante de contenido político.

La ciudadanía empero debe hacer uso de esta figura democrática sin ser aquiescente con las partes involucradas a efecto de refrendar su imparcialidad y su credibilidad, así como de patentizar que su compromiso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR