¿Existe alguna disposición legal que obligue a los patrones a fijar en un lugar visible del centro laboral el contrato colectivo de trabajo?

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Soy representante legal de una empresa que se dedica a la fabricación de maquinaria industrial. Hace algunas semanas, autoridades de la STPS realizaron una visita de inspección en el centro de trabajo. Entre las observaciones realizadas a la empresa, la autoridad solicita que se exhiba en un lugar visible el contrato colectivo de trabajo que tiene la empresa; sin embargo, consideramos que es innecesario, pues el representante del sindicato en la empresa cuenta con una copia del mismo y está facultado para mostrarlo a los trabajadores en caso de ser necesario. Al respecto, me gustaría saber si existe alguna disposición legal que obligue a los patrones a fijar en un lugar visible del centro de trabajo el contrato colectivo de trabajo.

Lector de San Juan del Río, Querétaro

Pregunta

¿Existe alguna disposición legal que obligue a los patrones a fijar en un lugar visible del centro laboral el contrato colectivo de trabajo?

Respuesta

Sí, pues el artículo 132, fracción XVIII, de la LFT dispone lo siguiente (énfasis añadido):

132. Son obligaciones de los patrones:

I a XVII . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XVIII. Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del o los contratos colectivos de...

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