El alfil de Peña Nieto al que se le perdona todo, hasta lo ilegal

AutorCarlos Acosta Córdova

El pasado 10 de septiembre, el diputado mexiquense del PVEM, Domitilo Posadas, le preguntó al secretario de Hacienda, Luis Videgaray: "¿Cuál es su opinión sobre el conflicto de intereses en que presumiblemente puede estar incurriendo el señor Luis Téllez Kuenzler, si fuera nombrado consejero independiente del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo?"

Y añadió: "Por el interés de la nación y el respeto a la legalidad, sería muy conveniente que se observara ésta última."

Y Videgaray, quien comparecía en San Lázaro para detallar el programa económico de 2015 y hacer la glosa del II Informe de Gobierno del presidente Enrique Peña Nieto, respondió:

"Al enviar sus propuestas el Ejecutivo federal al Senado de la República, se cuidó que no existiera ninguna violación o conflicto de interés conforme a las labores que realizarán los integrantes del Comité Técnico. Y esto aplica para el caso al que usted se refiere, como para el resto de los otros tres integrantes que propone el Ejecutivo al Senado para integrar el Comité Técnico del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

"Estoy seguro que el Senado, que está ya trabajando en este proceso, habrá de examinar a detalle las implicaciones legales y la existencia de conflictos de interés, pero naturalmente es condición del Ejecutivo que en ningún caso, en ninguno de los nombramientos propuestos al Senado, existe la figura de conflicto de interés".

La Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, en su artículo 9, fracción VI, señala expresamente que un requisito para ser miembro independiente del Comité Técnico de dicho fondo es "no ejercer un empleo, cargo o comisión simultáneo que le impida el adecuado ejercicio de su función de miembro independiente".

Y la fracción VII del mismo artículo ex-plicita lo anterior. Para ser miembro independiente, el postulado debe necesariamente "no haber sido accionista, socio o dueño, funcionario, directivo, representante legal o asesor importante de cualquier asignatario o contratista, en los dos años anteriores a su nombramiento, ni tener litigio pendiente con cualquier asignatario o contratista el día de la designación".

El artículo 10, por si faltara, establece que los miembros independientes "no podrán realizar actividades o prestar servicios en el sector privado cuando ello implique un conflicto de interés".

Pero resulta que Téllez Kuenzler no sólo es presidente del Consejo de Administración y director general de la Bolsa Mexicana de Valores -cargos que dejará el 1 de enero de 2015-, sino que forma parte, desde 2010, del consejo...

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