Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Sinaloa y los municipios de Ahome, Guasave, Salvador Alvarado, Navolato, Culiacán, Escuinapa y Mazatlán de dicha entidad federativa   

Fecha de disposición04 Marzo 2008
Fecha de publicación04 Marzo 2008
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Sinaloa y los municipios de Ahome, Guasave, Salvador Alvarado, Navolato, Culiacán, Escuinapa y Mazatlán de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DOCTOR RODOLFO TUIRAN GUTIERREZ, ASISTIDO POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE SINALOA C. ZENEN AARON XOCHIHUA ENCISO; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE SINALOA, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE PLANEACION Y DESARROLLO Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE ESTATAL DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DE SINALOA, C. LIC. MARIO LOPEZ VALDEZ, CON LA PARTICIPACION DE LOS SECRETARIOS GENERAL DE GOBIERNO, DE ADMINISTRACION Y FINANZAS Y DE LA CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, CC. LICS. RAFAEL OCEGUERA RAMOS, OSCAR J. LARA ARECHIGA Y FLORENTINO CASTRO LOPEZ, RESPECTIVAMENTE, Y DE UNA ULTIMA PARTE, LOS MUNICIPIOS DE AHOME, GUASAVE, SALVADOR ALVARADO, NAVOLATO, CULIACAN, ESCUINAPA Y MAZATLAN, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, SECRETARIOS DEL AYUNTAMIENTO Y SINDICOS PROCURADORES, LOS CC. LIC. POLICARPIO INFANTE FIERRO, LIC. ROBERTO HERNANDEZ VELASQUEZ Y LIC. JUAN FRANCISCO LOPEZ ORDUÑO; DOMINGO RAMIREZ ARMENTA, MARCO ANTONIO LLANES Y PROF. BLAS RUBIO LARA; ING. ALFONSO INZUNZA MONTOYA, LIC. JESUS ENRIQUE PEREZ RAMIREZ Y JOSE LUIS GIUSTY LUGO; DR. JESUS MARENTES GARIBALDI, LIC. ROGACIANO NUÑEZ PELLEGRIN Y LIC. ARMANDO BUENO BLANCO; LIC. AARON IRIZAR LOPEZ, JESUS HECTOR MUÑOZ ESCOBAR Y LIC. JOSEFINA GARCIA RUIZ; ING. MAHOMEDALID SANCHEZ LUQUE, LIC. CATALINO AVILA GOMEZ Y LIC. SERGIO RAFAEL BARRON GUTIERREZ; LIC. ALEJANDRO HIGUERA OSUNA, LIC. PEDRO OSUNA AMPARO Y C.P. JORGE LETAMENDI LIE, RESPECTIVAMENTE, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO.

ANTECEDENTES

  1. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, tiene por objeto: Concertar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.

    Por acuerdo de las partes se establece en la cláusula séptima de EL CONVENIO MARCO, que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución anuales, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación respectiva a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos federal y estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.

    “LA SEDESOL manifiesta que la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante los oficios circular número 307-A-1318 y 307-A-1372, de fecha 20 y 30 de diciembre de 2004, respectivamente, y mediante oficio 312.A.-001258, de fecha 19 de agosto de 2004 que emite la Dirección General de Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio de las asignaciones de recursos que le corresponden conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005; y para efectos de este Acuerdo de Coordinación, a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto, mediante el oficio número OM/DGPP/DPP/410.20/0050/05, de fecha 7 de enero de 2005, se comunicó la autorización para comprometer recursos asignados al Programa Hábitat.

    Que los municipios de Ahome, Guasave, Salvador Alvarado, Navolato, Culiacán, Escuinapa y Mazatlán han obtenido la autorización de su H. Ayuntamiento respectivo, para celebrar el presente Acuerdo según consta en las actas respectivas.

    Con base en lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación, 1o., 2o. y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1o., 6, 7, 8, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 49, 52, 53 y 61 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, en los artículos 6, 8, 11, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; y de conformidad con lo establecido en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano del Estado de Sinaloa, así como en lo previsto por los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1o., 3o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1o. fracción III, 2o. fracción V, 4o. y 35 de la Ley de Planeación para el Estado de Sinaloa; 13, 15, 16, 37, 38, 39 y 52 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; 15 fracciones I, II, III y X; 17, 18, 19, 26 y 32 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; 10 fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; 9o. fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas; 10 fracciones IV y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Desarrollo; 7o. fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

    CLAUSULAS

    CAPITULO I DEL OBJETO

    PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y recursos del Programa Hábitat entre LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, a través de un esfuerzo conjunto y complementario que impulse el trabajo corresponsable del Programa Hábitat en las ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas.

    SEGUNDA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementario en el Programa materia del presente Acuerdo, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.

    La ejecución del Programa Hábitat tendrá su sustento en propuestas de aplicación de subsidios, en las que se consigne la información correspondiente a la aportación federal, estatal y en su caso municipal, con apego a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, precisando si estas aportaciones corresponden a la modalidad de complementariedad o coparticipación.

    CAPITULO II DE LA DETERMINACION DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS POR APOYAR

    TERCERA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos dirigidos a aquellas zonas de atención prioritaria en ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas, que por sus condiciones de pobreza y marginación así lo requieran, de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; asimismo, se brindará atención diferenciada con apoyos específicos a la población en situación de pobreza, así como a las prioridades locales en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, de conformidad con lo establecido en EL CONVENIO MARCO, por lo que las partes convienen la atención a las siguientes ciudades y municipios:

    Vertiente: GENERAL

    CIUDAD MUNICIPIO
    LOS MOCHIS AHOME
    Vertiente: GENERAL
    CIUDAD MUNICIPIO
    GUASAVE GUASAVE
    GUASAVE GUASAVE
    Vertiente: GENERAL
    CIUDAD MUNICIPIO
    GABRIEL LEYVA SOLANO (BENITO JUAREZ) GUASAVE
    GUASAVE GUASAVE
    Vertiente: GENERAL
    CIUDAD MUNICIPIO
    GUAMUCHIL SALVADOR ALVARADO
    Vertiente: GENERAL
    CIUDAD MUNICIPIO
    C. VILLA BENITO JUAREZ (CAMPO GOBIERNO) NAVOLATO
    Vertiente: GENERAL
    CIUDAD MUNICIPIO
    CULIACAN ROSALES CULIACAN
    Vertiente: GENERAL
    CIUDAD MUNICIPIO
    ESCUINAPA ESCUINAPA
    Vertiente: TURISTICA
    CIUDAD MUNICIPIO
    MAZATLAN MAZATLAN
    CAPITULO III DEL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA HABITAT

    III.1 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LOS ORDENES DE GOBIERNO

    Distribución Federal

    CUARTA. LA SEDESOL asignará a EL ESTADO y, en su caso, por conducto de éste a LOS MUNICIPIOS, recursos presupuestarios federales del Programa Hábitat previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, conforme a lo establecido en el artículo 61 de dicho ordenamiento legal y las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, por la cantidad total de: $37’151,169.00 (treinta y siete millones ciento cincuenta y un mil ciento sesenta y nueve pesos /100 M.N.), conforme la siguiente distribución:

    MUNICIPIO APORTACION FEDERAL
    AHOME $4,982,534.00
    GUASAVE $1,220,745.00
    LEYVA SOLANO, GUASAVE $3,345,438.00
    SALVADOR ALVARADO $1,218,261.00
    CULIACAN $11,387,735.00
    MAZATLAN $9,264,436.00
    ESCUINAPA $2,75
    ...

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