Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Sinaloa y los municipios de Ahome, Guasave, Salvador Alvarado, Navolato, Culiacán, Escuinapa y Mazatlán de dicha entidad federativa
Fecha de disposición | 04 Marzo 2008 |
Fecha de publicación | 04 Marzo 2008 |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Sinaloa y los municipios de Ahome, Guasave, Salvador Alvarado, Navolato, Culiacán, Escuinapa y Mazatlán de dicha entidad federativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DOCTOR RODOLFO TUIRAN GUTIERREZ, ASISTIDO POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE SINALOA C. ZENEN AARON XOCHIHUA ENCISO; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE SINALOA, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE PLANEACION Y DESARROLLO Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE ESTATAL DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DE SINALOA, C. LIC. MARIO LOPEZ VALDEZ, CON LA PARTICIPACION DE LOS SECRETARIOS GENERAL DE GOBIERNO, DE ADMINISTRACION Y FINANZAS Y DE LA CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, CC. LICS. RAFAEL OCEGUERA RAMOS, OSCAR J. LARA ARECHIGA Y FLORENTINO CASTRO LOPEZ, RESPECTIVAMENTE, Y DE UNA ULTIMA PARTE, LOS MUNICIPIOS DE AHOME, GUASAVE, SALVADOR ALVARADO, NAVOLATO, CULIACAN, ESCUINAPA Y MAZATLAN, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, SECRETARIOS DEL AYUNTAMIENTO Y SINDICOS PROCURADORES, LOS CC. LIC. POLICARPIO INFANTE FIERRO, LIC. ROBERTO HERNANDEZ VELASQUEZ Y LIC. JUAN FRANCISCO LOPEZ ORDUÑO; DOMINGO RAMIREZ ARMENTA, MARCO ANTONIO LLANES Y PROF. BLAS RUBIO LARA; ING. ALFONSO INZUNZA MONTOYA, LIC. JESUS ENRIQUE PEREZ RAMIREZ Y JOSE LUIS GIUSTY LUGO; DR. JESUS MARENTES GARIBALDI, LIC. ROGACIANO NUÑEZ PELLEGRIN Y LIC. ARMANDO BUENO BLANCO; LIC. AARON IRIZAR LOPEZ, JESUS HECTOR MUÑOZ ESCOBAR Y LIC. JOSEFINA GARCIA RUIZ; ING. MAHOMEDALID SANCHEZ LUQUE, LIC. CATALINO AVILA GOMEZ Y LIC. SERGIO RAFAEL BARRON GUTIERREZ; LIC. ALEJANDRO HIGUERA OSUNA, LIC. PEDRO OSUNA AMPARO Y C.P. JORGE LETAMENDI LIE, RESPECTIVAMENTE, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO.
ANTECEDENTES
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El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, tiene por objeto: Concertar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.
Por acuerdo de las partes se establece en la cláusula séptima de EL CONVENIO MARCO, que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución anuales, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación respectiva a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos federal y estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.
LA SEDESOL manifiesta que la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante los oficios circular número 307-A-1318 y 307-A-1372, de fecha 20 y 30 de diciembre de 2004, respectivamente, y mediante oficio 312.A.-001258, de fecha 19 de agosto de 2004 que emite la Dirección General de Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio de las asignaciones de recursos que le corresponden conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005; y para efectos de este Acuerdo de Coordinación, a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto, mediante el oficio número OM/DGPP/DPP/410.20/0050/05, de fecha 7 de enero de 2005, se comunicó la autorización para comprometer recursos asignados al Programa Hábitat.
Que los municipios de Ahome, Guasave, Salvador Alvarado, Navolato, Culiacán, Escuinapa y Mazatlán han obtenido la autorización de su H. Ayuntamiento respectivo, para celebrar el presente Acuerdo según consta en las actas respectivas.
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación, 1o., 2o. y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1o., 6, 7, 8, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 49, 52, 53 y 61 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, en los artículos 6, 8, 11, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; y de conformidad con lo establecido en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano del Estado de Sinaloa, así como en lo previsto por los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1o., 3o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1o. fracción III, 2o. fracción V, 4o. y 35 de la Ley de Planeación para el Estado de Sinaloa; 13, 15, 16, 37, 38, 39 y 52 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; 15 fracciones I, II, III y X; 17, 18, 19, 26 y 32 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; 10 fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; 9o. fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas; 10 fracciones IV y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Desarrollo; 7o. fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
CAPITULO I DEL OBJETO
PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y recursos del Programa Hábitat entre LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, a través de un esfuerzo conjunto y complementario que impulse el trabajo corresponsable del Programa Hábitat en las ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas.
SEGUNDA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementario en el Programa materia del presente Acuerdo, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.
La ejecución del Programa Hábitat tendrá su sustento en propuestas de aplicación de subsidios, en las que se consigne la información correspondiente a la aportación federal, estatal y en su caso municipal, con apego a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, precisando si estas aportaciones corresponden a la modalidad de complementariedad o coparticipación.
CAPITULO II DE LA DETERMINACION DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS POR APOYAR
TERCERA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos dirigidos a aquellas zonas de atención prioritaria en ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas, que por sus condiciones de pobreza y marginación así lo requieran, de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; asimismo, se brindará atención diferenciada con apoyos específicos a la población en situación de pobreza, así como a las prioridades locales en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, de conformidad con lo establecido en EL CONVENIO MARCO, por lo que las partes convienen la atención a las siguientes ciudades y municipios:
Vertiente: GENERAL
CIUDAD MUNICIPIO LOS MOCHIS AHOME CIUDAD MUNICIPIO GUASAVE GUASAVE GUASAVE GUASAVE CIUDAD MUNICIPIO GABRIEL LEYVA SOLANO (BENITO JUAREZ) GUASAVE GUASAVE GUASAVE CIUDAD MUNICIPIO GUAMUCHIL SALVADOR ALVARADO CIUDAD MUNICIPIO C. VILLA BENITO JUAREZ (CAMPO GOBIERNO) NAVOLATO CIUDAD MUNICIPIO CULIACAN ROSALES CULIACAN CIUDAD MUNICIPIO ESCUINAPA ESCUINAPA CIUDAD MUNICIPIO MAZATLAN MAZATLAN III.1 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LOS ORDENES DE GOBIERNO
Distribución Federal
CUARTA. LA SEDESOL asignará a EL ESTADO y, en su caso, por conducto de éste a LOS MUNICIPIOS, recursos presupuestarios federales del Programa Hábitat previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, conforme a lo establecido en el artículo 61 de dicho ordenamiento legal y las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, por la cantidad total de: $37151,169.00 (treinta y siete millones ciento cincuenta y un mil ciento sesenta y nueve pesos /100 M.N.), conforme la siguiente distribución:
MUNICIPIO APORTACION FEDERAL AHOME $4,982,534.00 GUASAVE $1,220,745.00 LEYVA SOLANO, GUASAVE $3,345,438.00 SALVADOR ALVARADO $1,218,261.00 CULIACAN $11,387,735.00 MAZATLAN $9,264,436.00 ESCUINAPA $2,75
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