Agentes y Apoderados Aduanales

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas281-283

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281 RLA–AGENTES ADUANALES 185.-

hubierainvertidoencertificadosdelaTesoreríadelaFederaciónalatasade rendimientomásalta.

RLA–AGENTES ADUANALES
TITULO VII


Agentes y Apoderados Aduanales

CAPITULO I

Agentes Aduanales

Actos rea li za dos por el agen te adua nal en el des pa cho

185.- Para efectos del artícu lo 195 de la Ley, se consi de ran actos reali za -dos por el agente aduanal en el despa cho de las mercan cías, los deriva dos de la trami ta ción de pedimen tos que firmen el propio agente aduanal o sus representantesacreditadoslegalmenteparaello. Nodaravisodecambiodedomicilio. Consecuencias

186.- Cuando el agente aduanal no haya dado el aviso por escri to del cambio de su domici lio, las autori da des aduane ras podrán seguir practi -can do las notifi ca cio nes en el domici lio manifes ta do y éstas surti rán sus efectos en los térmi nos legales. Publicaciónyregistrodelapatentedeagenteaduanal

187.- El acuer do por el que la Secre ta ría otorgue una paten te de agente aduanal, se publi ca rá en el Diario Oficial de la Federa ción por una sola vez a costa del titular de la paten te respec ti va, quien previa men te deberá cubrir los derechos que corres pon dan.

Losagentesaduanalesdeberánregistrarsupatente antelaaduanade ads crip ción a par tir de la pu bli ca ción a que se re fie re el pá rra fo an te rior. Nombramientoderepresentantespararealizar eldespacho

188.- El agente aduanal podrá nombrar emplea dos para que lo repre -sen ten en los trámi tes de despa cho de mercan cías. Este nombra mien to deberá hacer se del conoci mien to de la autori dad aduane ra ante la que opere; la revoca ción de los nombra mien tos deberá cumplir las mismas formalidades.

Accio nes de la au to ri dad ante la can ce la ción de la pa ten te

189.- En caso de cance la ción de la paten te, la autori dad aduane ra entra rá en posesión de los libros y documen tos que consti tu yan el archi vo del agente, a fin de que, debida men te separa dos del archi vo de la propia aduana, se conservenadisposicióndelosimportadoresyexportadoresquehubieran efectua do los trámi tes por conduc to de dicho agente, para consul ta de sus constan cias, inclu si ve por este último.

Elextractodelaresolucióndecancelacióndepatentedeberápublicarse en el Dia rio Ofi cial de la Fe de ra ción.

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RLA–APODERADOS ADUANALES

Envíodeoficiosdeautorización

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