De la Administración de los Bienes

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas770-774

CAPÍTULO I De la Recepción y Control

Administración de los bienes por la Delegación IMSS

ARTÍCULO 5

La Delegación, por conducto de la Jefatura Delegacional de Servicios Administrativos, administrará los bienes en términos de las disposiciones del presente Título, así como de aquéllas que emitan el Consejo Técnico y los Órganos Normativos del Instituto, en el ámbito de su competencia.

Procesos que comprende la administración de los bienes

ARTÍCULO 6

La administración de los bienes comprende su recepción, control, custodia y conservación.

Para los efectos del párrafo anterior, la Jefatura Delegacional de Servicios Administrativos tendrá los mismos derechos y obligaciones que un depositario, en los términos que establecen las disposiciones legales aplicables en la materia.

Solicitud de recepción de bienes

ARTÍCULO 7

La Subdelegación solicitará a la Jefatura de Servicios Administrativos que corresponda a través del responsable de almacén la recepción de los bienes.

Información que contendrá la solicitud de recepción de bienes

ARTÍCULO 8

La solicitud a que se refiere el artículo anterior deberá contener, como mínimo, la siguiente información:

I. Descripción física de los bienes y su estado de conservación. En su caso, señalar los sellos, marcas, cuños, fierros, señales u otros medios que permitan identificarlos individualmente;

II. Clave Única;

III. Avalúo cuya fecha de expedición no sea mayor a un año;

IV. Valor de adjudicación de los bienes;

V. Importe del crédito fiscal y sus accesorios;

VI. Señalar si los bienes se encuentran o se encontraban al servicio de la Subdelegación o de alguna unidad administrativa del Instituto;

VII. Lugar en que se ubican los bienes;

VIII. Lugar, fechay hora en que los bienes serán entregados por la Subdelegación, y

IX. La documentación que acredite que los bienes se encuentran libres de gravamen y que jurídicamente se puede disponer de ellos para llevar a cabo su enajenación.

En el caso de los bienes inmuebles, el avalúo a que se refiere lafracción II, del presente artículo, deberá contener, como mínimo, la siguiente información:

a) Denominación del inmueble o, en su caso, clave catastral del mismo;

b) Ubicación del inmueble, precisando carretera, kilómetro o calle y número de manzana y lote, colonia o localidad, delegación o municipio, entidad federativa y código postal;

c) Plano de levantamiento topográfico, con croquis de localización y/o plano de conjunto o arquitectónico, señalando la superficie, medidas, colindancias, área o áreas construidas, instalaciones e instalaciones especiales, en su caso, y áreas sin uso;

d) Descripción y estado físico del inmueble, indicando los servicios con que cuenta y las instalaciones de que...

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