DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTICULOS DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE NAYARIT, EN MATERIA DE CALIDAD DEL GASTO PUBLICO

CC. DIPUTADOS DEL H. CONGRESO

DEL ESTADO DE NAYARIT

PRESENTES

LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 49 fracción II y 69 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, me permito presentar a la respetable consideración de esa H. Representación Popular, la presente iniciativa con proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la

Constitución Política del Estado de Nayarit y expide una nueva Ley de

Presupuestación, Contabilidad y Gasto Público para el Estado de Nayarit, al tenor de la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con fecha 7 de Mayo de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por el que se modifica el contenido del artículo 134, que sienta las bases constitucionales de la

Obligación del Gobierno Federal, Estatal y Municipal, para administrar con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, los recursos públicos de que dispone cada nivel de gobierno, e implementan, el Presupuesto Basado en Resultados (PbR) y el

Sistema de Evaluación del Desempeño (SED), como herramientas que permitirán valorar en forma objetiva el desempeño de los programas en que se apliquen recursos públicos, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos;

En acato a lo dispuesto por el artículo Segundo Transitorio de dicho Decreto, que compele a nuestra Entidad a reformar su marco jurídico constitucional y legal en materia de gasto público, para ajustarlo a los principios supremos establecidos por el Constituyente en el artículo 134 de nuestra Carta Magna, es necesario reformar el artículo 133 de la

Constitución Política del Estado de Nayarit y por consiguiente la abrogación de Ley de

Presupuestación, contabilidad y gasto público de la Administración del Gobierno del

Estado de Nayarit, Lo anterior, con el objeto de instituir la nueva “Ley de Prespuestación, Contabilidad y

Gasto Público para el Estado de Nayarit” que regule la programación y presupuestación de los recursos públicos, con un enfoque para el logro de resultados, ya que los retos marcados en el Plan Estatal de Desarrollo 2005-20011, entre ellos, el mejoramiento de la calidad y nivel educativo, la ampliación y mejoramiento de los servicios de salud y el fortalecimiento de la seguridad pública, constituyen rubros cuyo monto asignado es de los mayores en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Nayarit, para el Ejercicio

Fiscal 2011, a diferencia de otros como la protección social, vivienda y actividades primarias como la agricultura, pesca por citar algunas, que sin ser prioritarias no dejan de ser importantes, y precisamente, la reforma tiene como objetivo principal fijar la calidad gasto público, que erróneamente se ha venido definiendo en relación al monto de los

Sábado 30 de Julio de 2011 Periódico Oficial 3 recursos destinados para cada rubro, cuando el gasto público o el aumento en este no constituyen un fin, sino un instrumento del Gobierno del Estado, que mediante su uso y destino eficiente, pretende alcanzar su objetivo último y prioritario, que lo es, resultados benéficos y tangibles entre la totalidad de la población Nayarita.

En este sentido, el componente fundamental para ajustar el marco jurídico estatal a la

Reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estriba en fijar dentro de la Constitución Local los principios que han de garantizar, sustancialmente, la manera en que el gobierno administrará y utilizará los recursos que le proveen los habitantes del Estado para cumplir con sus fines; la forma en que definirá los resultados obtenidos de su aplicación en relación directa con la población objetivo, y la transparencia en la rendición de cuentas en el uso de dichos recursos.

Lo anterior, con el objeto de que, en primer término, se mejore el diseño de las políticas públicas y de los programas gubernamentales y, por otro lado, que los recursos públicos se asignen en los presupuestos de manera más eficiente, tomando en cuenta los resultados obtenidos. Así, con base en un presupuesto por resultados se logrará que la información sobre el desempeño de los programas gubernamentales de un ejercicio fiscal, retroalimente el proceso presupuestario para el siguiente ejercicio, aportando más elementos para la toma de decisiones sobre la asignación de los recursos públicos.

En este orden de ideas, se propone reformar el artículo 38 en conjunto con los artículos

Públicos en los niveles de gobierno Estatal y Municipal y cualquier otra persona física o moral, en la administración y ejercicio de recursos públicos, deberán observar principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para lograr los objetivos a los que estén destinados. Así también, para prever que los resultados obtenidos a través del ejercicio de los recursos públicos sean evaluados por instancias técnicas, con el objeto de que el desempeño y resultado de su utilización, se tomen en cuenta para la asignación subsiguiente de recursos públicos en los respectivos presupuestos.

La reforma constitucional deberá complementarse con las reformas que en el respectivo

Responsabilidades de los

Servidores

Públicos del

Estado de

Nayarit, La

Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de

Nayarit y los Reglamentos de las Dependencias involucradas, entre otras.

Por lo expuesto y fundado, presento ante esa Honorable Representación Popular, la siguiente:

INICIATIVA DE DECRETO QUE TIENE POR OBJETO REFORMAR DIVERSAS

DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE NAYARIT, Y

EXPIDE UNA NUEVA LEY DE PRESUPUESTACIÓN, CONTABILIDAD Y GASTO

PÚBLICO PARA EL ESTADO DE NAYARIT.

ARTÍCULO PRIMERO Se reforma los artículos 38, 115 y 133 de la Constitución Política del Estado de Nayarit, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 38.- La aprobación y ejecución de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de

Egresos se sujetará a las siguientes disposiciones:

A. …

La Presupuestación del Gasto Público se basará en las orientaciones, lineamientos y políticas establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo; se realizará con sustento en programas que permitan la identificación clara y desagregada del público, los objetivos que se persiguen con cada uno de ellos, los responsables de su ejecución, y la medición y verificación de sus resultados. Dichos programas en su formulación y ejercicio, deberán...

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