Adelante con la extinción de dominio, ordena la corte
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En una trascendente decisión el pasado miércoles 25 de enero la SCJN ordenó la plena aplicación de una eficaz figura para combatir al crimen organizado como es la Extinción de Dominio, al declarar por mayoría de votos de los ministros integrantes de la Primera Sala que no se deben hacer excepciones en la aplicación de esta enérgica medida que permite quitar a los delincuentes las cuantiosas ganancias y bienes obtenidos por sus actividades ilícitas.
Con este fallo la Corte ijó por primera vez el criterio para quelos juzgadores actúen en esta delicada materia y superar la idea que se tenía de que la aplicación de la Extinción de Dominioviola la garantía constitucional del derecho a la propiedad privada.
Ahora el máximo tribunal del país no sólo refrendó lo que estipula el artículo 22 de la Constitución en el sentido de que el procedimiento de Extinción de Dominioes distinto al que se sigue por la vía penal y sólo procede en casos de delincuencia organizada y algunos delitos graves como secuestro, trata de personas, violación o robo de automóviles, sino que también declaró constitucional la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal.
Este criterio surgió con motivo de un polémico caso: el robo de una menor nacida en el Hospital Central de Oriente en el que se le informó a la madre que había muerto en el parto y luego fue vendida. El gobierno capitalino promovió el Juicio de Extinción de Dominiopor la existencia del delito de trata de persona, condenado la justicia civil al propietario a perder el inmueble en favor de la administración pública del DF, quién interpuso un juicio deamparo que fue atraído por la SCJN, en el que dictó la sentencia en comento.
La Extinción de Dominiofue adoptada recientemente...
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