Acuerdos conclusivos ante la Prodecon. Guía para ejercer ese derecho al amparo de las reformas que entraron en vigor en 2021

AutorLic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Páginas1-8
Acuerdos conclusivos ante la Prodecon.
Guía para ejercer ese derecho al amparo de las
reformas que entraron en vigor en 2021
ØLIC. ALEJANDRO MARTÍNEZ BAZAVILVAZO
Introducción
Conforme a los artículos 69-C al 69-H del CFF, los contribuyentes que se encuentren sujetos al ejercicio de las facul-
tades de comprobación y que no estén de acuerdo con los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial,
acta final, oficio de observación o resolución provisional, que entrañen el incumplimiento de las disposiciones fisca-
les, pueden optar por solicitar la intervención de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), a fin de
celebrar un convenio conclusivo con las autoridades fiscales y gozar de ciertos beneficios.
Comentamos las normas jurídicas que regulan el acuerdo conclusivo y los pasos que deben seguir los contribuyen-
tes para ejercer tal opción, considerando los lineamientos expedidos por la propia Prodecon y las modificaciones al
CFF que entraron en vigor en 2021.
Naturaleza jurídica del acuerdo conclusivo
Tradicionalmente, cuando el contribuyente era objeto del ejercicio de las facultades de comprobación y las autori-
dades hacían constar hechos u omisiones que entrañaban el incumplimiento de las disposiciones fiscales, dicho
contribuyente esencialmente tenía las siguientes opciones:
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