Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-AG-0165-2022-Acuerdo1), 2022
Número de expediente | SUP-AG-0165-2022 |
Fecha | 05 Agosto 2022 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES |
Tipo de proceso | Asuntos generales |
EXPEDIENTE: SUP-AG-165/2022
MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA [1]
Ciudad de México, cinco de agosto de dos mil veintidós.
ACUERDO que reencauza a juicio electoral la demanda presentada por M.C.M.A. contra la resolución definitiva dictada por el Tribunal Electoral del estado de A. en el expediente TEEA-PES-081/2022, porque es la vía idónea para impugnar resoluciones de procedimientos sancionadores locales.
CONTENIDO
GLOSARIO
I. ANTECEDENTES
II. ACTUACIÓN COLEGIADA
III. IMPROCEDENCIA DE LA VÍA Y REENCAUZAMIENTO
a. Decisión
b. Justificación
c. Caso concreto.
IV. ACUERDA
Actora: |
M.C.M.A., entonces candidata a la gubernatura de A. por la coalición “Juntos Hacemos Historia”. |
Coalición “Juntos Hacemos Historia”: |
Coalición conformada por PT y PVEM en la elección a la gubernatura de A.. |
Coalición “Va por A.”: |
Coalición conformada por PAN, PRI y PRD en la elección a la gubernatura de A.. |
Denunciados: |
M.T.J.E., A.H.M.M., J.G.A. de León, A.L.V.S., J.E.V.M., P.G.M.L., S.M.M., A.S.G.C., L.L.H.R., K.L.R., N.M.A., L.R.D.L., S.V.G.C., O.A.P.S., S.M.A., R.E.R.G., M.Á.M.I., G.H.V., G.M.Z., M.G.T.M., PRI y PAN. |
Instituto local u OPLE: |
Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes. |
Ley de Medios: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. |
Ley Orgánica: |
|
PAN: |
Partido Acción Nacional. |
PRD: |
Partido de la Revolución Democrática. |
PRI: |
Partido Revolucionario Institucional. |
PT: |
Partido del Trabajo |
PVEM: |
Partido Verde Ecologista de México. |
Sala Superior: |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Tribunal local o responsable: |
Tribunal Electoral del estado de Aguascalientes. |
Del escrito de demanda y de las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente:
1. Denuncia. En el contexto del proceso electoral local 2021-2022 para la elección de la gubernatura de Aguascalientes,[2] el cinco de mayo de dos mil veintidós[3] el PVEM y M.C.M.A. presentaron denuncia contra M.T.J.E., en su carácter de candidata a la gubernatura, los partidos de su coalición y diversos servidores públicos, por violación a la normativa electoral por uso indebido de recursos públicos, actos anticipados de campaña, vulneración al interés superior del menor y promoción personalizada, con motivo de publicaciones en redes sociales.
En la denuncia, solicitaron la adopción de medidas cautelares.
2. Medidas cautelares. El dieciséis de mayo la Comisión de Quejas y Denuncias del OPLE otorgó las medidas cautelares,[4] por lo que hace a las publicaciones que contenían imágenes de menores de edad, ordenando bajar las publicaciones indicadas.
3. Sentencia local (acto impugnado). Seguida la sustanciación y recibidas las constancias, el Tribunal local resolvió el asunto el veintisiete de julio, determinando la inexistencia de las infracciones denunciadas.[5]
4. Asunto General.
4.1. Demanda. El treinta de julio, la actora presentó escrito de demanda para controvertir la sentencia del Tribunal local, misma que fue remitida a esta Sala Superior.
4.2. Turno. En su oportunidad, la presidencia de esta Sala Superior acordó integrar el expediente SUP-AG-165/2022 y turnarlo a la ponencia del Magistrado F. de la M.P..
III. IMPROCEDENCIA DE LA VÍA Y REENCAUZAMIENTO
Esta Sala Superior considera que el asunto general no es la vía procedente para controvertir la sentencia del Tribunal local, por lo que debe reencauzarse a juicio electoral.
La Constitución Federal[7] establece que, para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación.
Por su parte, esta Sala Superior ha sostenido que aun cuando la promovente equivoque la vía impugnativa, a fin de hacer efectiva la garantía...
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