Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0285-2022-Acuerdo1), 2022

Número de expedienteSCM-JDC-0285-2022
Fecha21 Septiembre 2022
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

ACUERDO PLENARIO

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y PERSONAS CIUDADANAS)

EXPEDIENTE: SCM-jdc-285/2022

ACTOR: F.E.S.Z.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS

MAGISTRADO: J.L.C.D.

SECRETARIO: OMAR ENRIQUE ALBERTO HINOJOSA OCHOA

Ciudad de México, a veintiuno de septiembre de dos mil veintidós[1].

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada reencauza el juicio de la ciudadanía en que se actúa para que sea conocido por la vía del juicio electoral.

GLOSARIO

Actor o P. de la Mesa Directiva

F.E.S.Z., Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Morelos en la LV Legislatura.

Congreso

Congreso del Estado de Morelos, LV Legislatura

Juicio de la ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y personas ciudadanas)

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Tribunal Electoral

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal local

Tribunal Electoral del Estado de Morelos

Sala Regional

Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

I. Contexto.

1. Inicio del periodo legislativo. El primero de septiembre de dos mil veintiuno, el Congreso expidió el decreto por el que declaró su integración y la apertura del primer periodo de sesiones.

2. Integración de la Junta Política y de Gobierno. El tres de septiembre de dos mil veintiuno, las coordinaciones de los grupos parlamentarios presentaron al pleno legislativo la propuesta del acuerdo parlamentario para la integración del órgano político y de gobierno -que es expresión de su pluralidad y que permite al Congreso adoptar sus decisiones-.

3. Publicación del acuerdo de integración. El veintidós de septiembre de dos mil veintiuno, se publicó en el periódico oficial del Estado de Morelos “Tierra y Libertad” el acuerdo denominado: “EL ACUERDO PARLAMENTARIO POR EL QUE SE INTEGRA LA JUNTA POLÍTICA Y DE GOBIERNO, ASIMISMO LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES LEGISLATIVAS Y COMITÉS DE LA LV LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS”[2].

4. Acuerdos parlamentarios. En la sesión ordinaria del pleno del Congreso del Estado, iniciada el diez de diciembre de la pasada anualidad y concluida el doce siguiente, mediante la aprobación de dos acuerdos, se modificó la integración de la Junta Política y de Gobierno del Congreso del Estado, así como la integración de las comisiones legislativas y comités de la LV Legislatura.

II. Instancia local.

1. Demandas. El veintisiete de enero y cuatro de marzo, diversas personas diputadas del Congreso presentaron demandas de juicio de la ciudadanía ante la Sala Superior y ante esta Sala Regional[3], a fin de controvertir, entre otras cuestiones, los acuerdos parlamentarios citados en el numeral anterior, así como actos y omisiones atribuidas al Presidente de la Mesa Directiva.

Al respecto, el cuatro de febrero, mediante acuerdo plenario dictado en el expediente identificado con la clave SUP-JDC-27/2022 y sus acumulados, la Sala Superior determinó que esta Sala Regional era formalmente competente para resolver los medios de impugnación promovidos por la parte actora ante dicha instancia.

Los días nueve de febrero y diez de marzo, esta Sala determinó que los actos impugnados no cumplían con el principio de definitividad, por lo que se reencauzaron al Tribunal Local para que determinara lo que en derecho correspondiera.

2. Medidas de protección. Por su parte, mediante el acuerdo de reencauzamiento dictado el diez de marzo, por la Sala Regional, en el juicio SCM-JDC-89/2022, se determinó que el Tribunal local debía conocer del juicio promovido por una diputada del Congreso, asimismo, en razón su embarazo de alto riesgo, se establecieron diversas medidas de protección en su favor que debían ser acatadas por el Presidente de la Mesa Directiva, y se ordenó a la autoridad responsable la verificación de su cumplimiento.

Al respecto, las medidas de protección se dictaron en los términos siguientes:

“Ello, conforme al comprobante médico que adjuntó en copia certificada a su demanda, del que se desprende que tuvo una amenaza de aborto y que su embarazo es de alto riesgo, en consecuencia, esta Sala Regional considera procedente vincular de manera urgente a la autoridad responsable, para que diseñe y ejecute de forma inmediata y sin dilación alguna las medidas de protección que considere oportuna para lograr dicha finalidad, que de manera enunciativa y no limitativa son:

  • Otorgar a la actora los materiales necesarios para el ejercicio de su cargo en la condición en que se encuentra.
  • Otorgar los medios para que cuente con las medidas de higiene y salud necesarias para el debido ejercicio de su cargo.
  • Otorgar el acceso al recinto con las medidas de higiene y sanitarias necesarias para garantizar su salud y la del producto de su embarazo.
  • Incluso implementar las medidas necesarias para que, de ser el caso, pueda participar en las sesiones -de pleno y de comisiones- de forma virtual, para lo que se le deberá convocar con la debida oportunidad y con la documentación pertinente.
  • A. de realizar expresiones que tiendan a impedir su participación con motivo de su embarazo.”

3. Sentencia impugnada. El veintidós de junio el Tribunal local resolvió los medios impugnativos identificados con las claves de expedientes TEEM/JDC/10/2022-1 y sus acumulados, determinando, entre otras cuestiones, lo siguiente:

  1. Que era fundado el reclamo de la parte actora relativo a que se les impidió entrar en el recinto legislativo para...

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