ACUERDO DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES Y SERVICIOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación28 Agosto 2018
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OFICINA DEL DESPACHO DEL GOBERNADOR
CP. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalien-
tes, de conformidad con los artículos 25 párrafos primero, sexto, noveno y décimo de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 7º A, 36, 46 fracción XXII y 49 de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes; 2º, 3 º, 8º, 10 fracción IV, 11, 15 párrafo primero, 16, 22 y 32 fracción V de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 15 fracción I de la Ley para el Control de las Enti-
dades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; y 1°, 4° y 12 de la Ley de Gestión Empresarial y Mejora
Regulatoria para el Estado de Aguascalientes, tengo a bien expedir el “ACUERDO DE SIMPLIFICACIÓN DE
TRÁMITES Y SERVICIOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES”, al tenor de los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
I. La Constitución Política de los Estados Mexicanos contempla que las autoridades de todos los órdenes
de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria
para la simplicación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos, así mismo, la Constitución Política
del Estado de Aguascalientes establece en su artículo 7°A reformado el 11 de junio de 2018, que el Gobierno
organizará un sistema de planeación del desarrollo estatal que garantice equidad y justicia en el crecimiento
de la economía e impulse la competitividad fomentando la independencia y la democratización política, social
y cultural del Estado.
II. Que de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2013 – 2018, la estrategia 4.7.2 de la sección
México Próspero promueve el fortalecimiento de la convergencia entre los órdenes de gobierno para impulsar
una Agenda Común de Mejora Regulatoria. La cual busca promover políticas de revisión normativa, y de sim-
plicación y homologación de trámites que tengan como n facilitar la creación y escalamiento de empresas.
Que de acuerdo al punto 7 de la Agenda Común de Mejora Regulatoria se creó el Programa de Simpli-
cación de Cargas (SIMPLIFICA) el cual es una política pública que identica los trámites y servicios más
costosos para la ciudadanía y los empresarios, lo cual permite elaborar un Programa de Mejora Regulatoria
para implementar reformas y mejoras administrativas necesarias que disminuyan los costos de cumplimiento
de la regulación en las entidades federativas y municipios del país.
III. Que la Ley General de Mejora Regulatoria establece como herramienta del Sistema Nacional, los Pro-
gramas de Mejora Regulatoria que tienen por objeto mejorar la regulación vigente e implementar acciones de
simplicación de Trámites y Servicios.
IV. Que el Gobierno del Estado de Aguascalientes, ha realizado acciones concretas para posicionar a la
entidad como una potencia productiva que fomenta y genera inversión, a través de una política de mejora
regulatoria sólida; por medio de la cual se ha impulsado la modernización en la administración de los trámites
y servicios para sus ciudadanos y el sector empresarial.
Que dentro del Programa Estatal de Desarrollo 2016-2022 presentado por el Gobernador Constitucional del
Estado, C.P. Martín Orozco Sandoval, en especíco en el Tercer Eje de Acción “Aguascalientes con gobierno
íntegro, austero y abierto”, se busca consolidar Instituciones más ordenadas, modernas y transparentes, así
como una gestión pública eciente e integral que permita favorecer la mejora regulatoria y nanzas sanas.
V. En fecha 13 de septiembre de 2017, se realizó la petición signada por el C.P. Martín Orozco Sandoval,
Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, al Director General de la Comisión Federal de Mejora
Regulatoria, con el n de iniciar el Programa de Simplicación de Cargas (SIMPLIFICA).
En este orden de ideas, se agotaron todas las fases que contempla el Programa SIMPLIFICA, siendo el
momento de expedir el Acuerdo de Simplicación.
VI. Que con el objeto de simplicar los trámites y servicios, el Instituto Estatal de Gestión Empresarial y
Mejora Regulatoria en coordinación con la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, implementaron el Pro-
grama SIMPLIFICA para 599 trámites y servicios de 46 dependencias del Estado de Aguascalientes.
Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los preceptos constitucionales
y legales ya citados, es que tengo a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
ÚNICO. Se expide el “ACUERDO DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES Y SERVICIOS DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES”, a través del cual se realiza el compromiso de simplicar los trámites que generen
mayores costos sociales a los ciudadanos y empresarios del Estado, para quedar como sigue:
ACUERDO DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES
Y SERVICIOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ARTÍCULO 1°.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las acciones y lineamientos que las de-
pendencias de la Administración Pública Estatal en coordinación y supervisión del Instituto Estatal de Gestión
Empresarial y Mejora Regulatoria (IEGEMER), integrarán tanto los resultados obtenidos del Programa de
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Simplicación de Cargas como los de todos aquellos trámites estatales que se encuentren dentro del Registro
de Trámites y Servicios dentro del Programa de Mejora Regulatoria en el Estado de Aguascalientes.
ARTÍCULO 2°.- El Programa de Mejora Regulatoria consistirá en establecer de manera clara, las acciones
de simplicación de todos y cada uno de los servicios y trámites que tienen a su cargo las Dependencias y
Entidades de Gobierno del Estado de Aguascalientes, con el objeto de garantizar que estos se realicen con
base a los principios de sencillez, transparencia y economía.
Este Programa será integrado, monitoreado, evaluado y actualizado por el Instituto Estatal de Gestión
Empresarial y Mejora Regulatoria conforme lo establecido en el artículo 13 fracciones II, VIII, X, XI, XV y XVII
ARTÍCULO 3°.- Para efectos de este Acuerdo se entenderá por:
I. Acciones de Simplicación: A las acciones administrativas o jurídicas propuestas por el Instituto Estatal
de Gestión Empresarial y Mejora Regulatoria y realizadas por las dependencias, tendientes a reducir el Costo
Social Total de los trámites o servicios correspondientes; denidas en el numeral 19 del Anexo 2 del presente
Acuerdo;
II. Acumulación de Requisitos: Al tiempo en días naturales que toma a las personas físicas o morales del
sector privado en comprender los requisitos, recabarlos y entregarlos de manera completa en la dependencia
para solicitar un trámite o servicio;
III. CONAMER: La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, Órgano Administrativo Desconcentrado de
la Secretaría de Economía, con autonomía técnica y operativa, de conformidad con el artículo 23 de la Ley
General de Mejora Regulatoria;
IV. Costo Social: Al valor monetario anual del tiempo destinado a la acumulación de requisitos y resolución
por parte de la dependencia de un trámite o servicio especíco;
V. Dependencias: Las pertenecientes a la Administración Pública Estatal Centralizada y Paraestatal;
VI. Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Aguascalientes: Ley de Gestión Empresarial y Mejora Regu-
latoria para el Estado de Aguascalientes;
VII. Programa: El Programa de Mejora Regulatoria, instrumento de planeación y transparencia mediante
el cual las dependencias de la administración pública estatal se comprometen a simplicar en un periodo
establecido los trámites o servicios con mayor costo social;
VIII. Registro: Se reere al Registro de Trámites y Servicios a cargo del IEGEMER, que contiene los ex-
pedientes electrónicos con los trámites y requisitos de las dependencias de la Administración Pública Estatal
y Municipales;
IX. Requisitos: A toda la documentación necesaria para completar un trámite o servicio, incluyendo: for-
matos, copias, comprobantes de pagos, fotografías y todo aquel entregable que el ciudadano deba presentar
en la dependencia correspondiente;
X. Resolución de la Dependencia: Al tiempo en días naturales que toma una dependencia en dar una
resolución nal, sea positiva o negativa, de un trámite o servicio;
XI. Responsable Ocial de Mejora Regulatoria: El servidor público, con nivel mínimo de Subsecretario,
Director General u homólogo, designado por los titulares de las dependencias como Enlace Titular;
XII. IEGEMER: El Instituto Estatal de Gestión Empresarial y Mejora Regulatoria encargado en el ámbito
estatal, de la organización, programación y ejecución de los programas y acciones en materia de mejora re-
gulatoria y simplicación administrativa;
XIII. SIMPLIFICA: El Programa SIMPLIFICA es una herramienta de política pública que permite identicar
y medir los costos generados por los trámites y servicios a nivel subnacional, con el objetivo de emitir recomen-
daciones puntuales para simplicar los trámites y servicios más costosos y por ende disminuirlos, reejando
un ahorro importante para el estado o municipio que implemente el Programa;
XIV. Servicio: A la actividad que brinda un ente público de carácter potestativo, general, material o no ma-
terial, continuo y disponible para personas físicas o morales del sector privado que tienen por objeto satisfacer
una necesidad pública;
XV. Trámite: A cualquier solicitud o entrega de información que las personas físicas o morales del sector
privado hagan ante una dependencia u organismo descentralizado, ya sea para cumplir una obligación, obtener
un benecio o servicio o, en general y que se encuentre registrado dentro del Registro Estatal de Trámites y
Servicios, a n de que se emita una resolución, así como cualquier documento que dichas personas estén
obligadas a conservar;
XVI. Trámites Prioritarios: A los trámites y servicios que representan el mayor costo social para el Estado,
derivados de la implementación del Programa SIMPLIFICA e identicados en el Anexo 1 del presente Acuerdo.

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