Acuerdo del Secretario de Educación por el que se crean y establecen las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social Servicio Social Comunitario

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MEXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
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Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., martes 27 de enero de 2015
Tomo CXCIX
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
No. 16
SUMARIO:
CONVOCATORIA A LOS ESTUDIANTES DE LAS INSTITUCIONES
PÚBLICAS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR TÉCNICA Y
SUPERIOR DEL ESTADO DE MÉXICO, QUE CUMPLAN CON LOS
REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL, A
PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL
SERVICIO SOCIAL COMUNITARIO PARA EL EJERCICIO FISCAL
2015.
AVISOS JUDICIALES: 210, 42, 20, 24, I2-A 1 , 06, 22, 17, 18, 37, 35,
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
20-Al, 8-A 1 , 40, 38, 39, 21, 33, 15-A I, 193, 186, 187, 180, 175, 203,
ACUERDO DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN POR EL QUE SE
204, 205, 206, 22.B1, 101-Al, 39-SI, 358, 137•A
l, 128-A1, 350, 342,
343, 356, 33Z 331, 196, 336, 330, 21-BI y 357.
CREAN Y ESTABLECEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL SERVICIO SOCIAL'
:
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 338, 337, 272, 105-A1,
COMUNITARIO.
23-B1, 103-B1, 99-A 1 , I 04-A 1 77, 127 y 385.
"2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
MAESTRO RAYMUNDO EDGAR MARTÍNEZ CARBAJAL, SECRETARIO DE EDUCACIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO
POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 15, 19 FRACCIÓN
VI, 29 Y 30 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 27 FRACCIÓN XLVIII
DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO; 6, FRACCIONES I Y XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN; Y
CONSIDERANDO
Que corresponde a la Autoridad Educativa Estatal, la aplicación y vigilancia en materia de Servicio Social, en términos de lo dispuesto por
los artículos 94 y 95 de la Ley de Educación del Estado de México; 3 del Reglamento del Servicio Social del Estado de México; y demás
disposiciones reglamentarias.
Que en congruencia a los compromisos asumidos en el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 de ser reconocido como el
gobierno de la educación, corresponde a la Secretaría de Educación en el marco de la política educativa fortalecer e impulsar programas
que permitan a los estudiantes desarrollar actividades con alto impacto de solidaridad social, como factor fundamental para la adquisición
de conocimientos y valores en beneficio de las condiciones de desarrollo humano y social
de
los mexiquenses.
Que en el marco del Programa Sectorial Gobierno Solidario 2012-2017 en materia de política educativa reconoce que la educación
representa actualmente la mejor herramienta para que las comunidades promuevan el bienestar individual y colectivo para impulsar el
progreso social, desde perspectivas enfocadas a valores universales como igualdad, solidaridad, justicia social, libertad entre otros; por ello,
la participación activa e incluyente de los estudiantes de educación media superior técnica y superior en la comunidades del Estado de
México, contribuye al desarrollo del alumno en la aplicación de sus conocimientos con un amplio sentido de solidaridad social.
Que los principios fundamentales del servicio social son la retribución y la solidaridad comunitaria, por lo que es indispensable fortalecer los
vínculos de los estudiantes y los egresados de las instituciones de educación media superior técnica y superior con la sociedad,
coordinando acciones entre autoridades, instituciones educativas y prestadores de dicho servicio.
Que por ello, resulta importante dar oportunidad a los jóvenes prestadores de servicio social, de reafirmar sus virtudes, valores,
capacidades y actitudes en beneficio de la población, para lo cual se crea el
Programa de
Desarrollo Social Servicio Social Comunitario,
el cual se regirá por sus Reglas de Operación, de conformidad con la Ley de Desarrollo Social del Estado de México y su respectivo
Reglamento.

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