Acuerdo para resolver sobre la procedencia de destitución de las Presidentas y Presidentes de las Juntas Especiales, así como de las Secretarias y Secretarios Generales y Secretarias y Secretarios Auxiliares de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaria del Trabajo y Previsión Social

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 633, 637 fracción II, 645 fracción V y 646 de la Ley Federal del Trabajo en relación a los Transitorios Tercero, Sexto y Octavo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, entre otros ordenamientos legales, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 1 de mayo de 2019; 1, 2 y 5, fracción VII y 17 fracción I y II del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que conforme a lo dispuesto en los artículos 14, 17 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios Tercero, Sexto y Octavo del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de mayo de 2019, corresponde a las Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales y Locales, así como a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, continuar conociendo de los procedimientos individuales, colectivos y registrales que se inicien con posterioridad a la entrada en vigor de dicho Decreto, hasta en tanto entren en funciones el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, los Tribunales Federales y Locales, y los Centros de Conciliación conforme a los plazos...

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