Acuerdo por el que se reforma el órgano denominado comisión editorial

Número de expediente11/0006/270622
Fecha de registro27 Junio 2022
EmisorSRE - Secretaría de Relaciones Exteriores

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 8 y 9 fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 22 de abril de 1994, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se crea el órgano administrativo interno de la Secretaría de Relaciones Exteriores, denominado Comisión Editorial;

Que con fecha de 2 de marzo de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se reforma el diverso que crea el Órgano Administrativo Interno de la Secretaría de Relaciones Exteriores, denominado Comisión Editorial;

Que la Comisión Editorial de la Secretaría de Relaciones Exteriores ha sido un órgano interno de gran utilidad y eficacia para coordinar las acciones de la dependencia en materia de publicaciones;

Que su funcionamiento requiere una actualización de sus integrantes y ajuste de sus funciones, debido a los cambios organizacionales en la estructura de la dependencia desde su creación, y

Que a fin de permitir un adecuado marco institucional para que esta Comisión continúe como instancia interna que permita el eficiente desarrollo del programa editorial de la Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTICULO ÚNICO.- Se reforma los artículos 2o. fracciones I, V y VIII y 3º fracciones I y III, inciso a) del Acuerdo mediante el cual se crea el órgano administrativo interno de la Secretaría de Relaciones Exteriores, denominado Comisión Editorial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 1994, para quedar como sigue:

ARTICULO 2o.- La Comisión Editorial, tendrá como funciones

I.- Aprobar el Programa Editorial de la Cancillería, así como el Programa Anual de Publicaciones.

II.-

III.-

IV.-

V.- Se deroga

VI.- ...

VII.-

VIII.- Se deroga

ARTICULO 3o.- La Comisión Editorial estará integrada como sigue:

I. Por el Consultor Jurídico de la Secretaría de Relaciones Exteriores, quien la presidirá;

II. …;

III. Por cinco vocales a cargo de los servidores públicos siguientes:

a) El Director General de Diplomacia Cultural;

b) …;

c) …;

d) …, y

e) ...


TRANSITORIO

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se deja sin efectos la fracción I y el inciso a) de la fracción III del artículo tercero del Acuerdo por el que se reforma el diverso que crea el Órgano Administrativo Interno de la Secretaría de Relaciones Exteriores, denominado Comisión Editorial, publicado en el Diario Oficial de la...

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