Acuerdo Poder Ejecutivo y Documento que Contiene la ModificaciÃÃn al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de PoblaciÃÃn de El Chanal, EspecÃÃficamente en La Zona Gh-2, Ubicada Sobre el Camino el Chanal âÃà la Capacha, Cambiarla a Zona H3-11 y Mb2-9, AsÃà Como, Ajuste a La SecciÃÃn de La Ac-1, en El Tramo de La Vp-1 a La Cd-1, Ubicado al Suroriente de El Chanal, en El Municipio de Colima, Colima.

Tomo 105, Colima, Col., sábado 19 de septiembre de 2020; Núm. 65; pág. 2

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO ACUERDO Y DOCUMENTO QUE CONTIENE LA MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE EL CHANAL, ESPECÍFICAMENTE EN LA ZONA GH-2, UBICADA SOBRE EL CAMINO EL CHANAL–LA CAPACHA, CAMBIARLA A ZONA H3-11 Y MB2-9, ASÍ COMO, AJUSTE A LA SECCIÓN DE LA AC-1, EN EL TRAMO DE LA VP-1 A LA CD-1, UBICADO AL SURORIENTE DE EL CHANAL, EN EL MUNICIPIO DE COLIMA, COLIMA. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.210/2020, de fecha 13 de agosto de 2020, recibido el 14 del citado mes y año, el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaria de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de El Chanal, específicamente en la zona GH-2, ubicada sobre el camino El Chanal – La Capacha, cambiarla a zona H311 y MB2-9, así como, ajuste a la sección de la AC-1, en el tramo de la VP-1 a la CD-1, ubicado al suroriente de El Chanal, en el municipio de Colima, Colima, promovido por el C. PEDRO ANTONIO PÉREZ REBOLLEDO. SEGUNDO.- Que el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de El Chanal, Colima, fue aprobado por el H. Cabildo de ese municipio, el 16 de julio del año 2009, y mediante Acuerdo del Ejecutivo a mi cargo se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional El Estado de Colima, en el Suplemento No. 2, d la edición No. 40, de fecha 29 de agosto de 2009. TERCERO.- Que el H. Cabildo del municipio de Colima, en sesión celebrada el día 22 de julio de 2020, aprobó en los términos propuestos la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de El Chanal, específicamente en la zona GH-2, ubicada sobre el camino El Chanal – La Capacha, cambiarla a zona H3-11 y MB2-9, así como, ajuste a la sección de la AC-1, en el tramo de la VP-1 a la CD-1, ubicado al suroriente de El Chanal, en el municipio de Colima, Colima, expedida el día de su fecha, cuyos originales obran en la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano. CUARTO.- Que informa el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que el Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de El Chanal, específicamente en la zona GH-2, ubicada sobre el camino El Chanal – La Capacha, cambiarla a zona H3-11 y MB2-9, así como, ajuste a la sección de la AC-1, en el tramo de la VP-1 a la CD-1, ubicado al suroriente de El Chanal, en el municipio de Colima, Colima, de la cual solicita su publicación. QUINTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, el documento que contiene la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de El Chanal, específicamente en la zona GH-2, ubicada sobre el camino El Chanal – La Capacha, cambiarla a zona H3-11 y MB2-9, así como, ajuste a la sección de la AC-1, en el tramo de la VP-1 a la CD-1, ubicado al suroriente de El Chanal, en el municipio de Colima, Colima. Por lo anteriormente expuesto he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene la Modificación al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de El Chanal, específicamente en la zona GH-2, ubicada sobre el camino El Chanal – La Capacha, cambiarla a zona H3-11 y MB2-9, así como, ajuste a la sección de la AC-1, en el

tramo de la VP-1 a la CD-1, ubicado al suroriente de El Chanal, en el municipio de Colima, Colima, aprobada por el H. Cabildo del municipio de Colima, Colima, el 22 de julio de 2020. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”. Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, el 20 de agosto del 2020. Atentamente “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ Firma.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO RUBÉN PÉREZ ANGUIANO Firma.

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO Firma.

ANTECEDENTES En este apartado, se mencionan los antecedentes de propiedad para la promoción del presente estudio. Mediante Título de Propiedad Número 436, de fecha 08 de noviembre de 2001, emitido a favor del Sr. Pedro Antonio Pérez Rebolledo por la Licenciada Yolanda Verduzco Guzmán, entonces Delegada Del Registro Agrario Nacional en la ciudad de Colima; e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo el Folio Real número 161055-1 de fecha 05 de abril de 2002, se acredita la parcela 15 Z-1 P1/3 con superficie original escriturada de 12-37-14.26 Has., perteneciente al ejido Villa de Álvarez, dentro de los limites municipales de Colima, y donde se desarrolló el fraccionamiento denominado Granjas y Campestres del Chanal, del cual se deriva el predio no incorporado, zonificado como Granjas y Huertos, identificado catastralmente como lote 015, con superficie de 16,487.50 m2, que es motivo del presente estudio. A continuación, se enunciarán los antecedentes del fraccionamiento “Granjas y Campestres del Chanal” que dio origen al predio de tipo Granjas y Huertos GH motivo del presente estudio:  Que con fecha 14 de mayo de 2002, la Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología emitió favorable el Dictamen de Vocación del Suelo mediante oficio N° 02-DGDUE-VS-0298/2002, para la realización del fraccionamiento de tipo Campestre (H1) y Granjas y Huertos (GH).  El 4 de mayo de 2004, el H. Cabildo del Municipio de Colima aprobó el Programa Parcial de Urbanización (PPU) denominado "Granjas y Campestres del Chanal", ubicado al sur de la comunidad del Chanal, municipio de Colima, Col., mismo que fue publicado en el periódico oficial "El Estado de Colima" el 17 de Julio del 2004.  El 14 de mayo del 2005, se publicó la incorporación municipal de la 1ª Etapa;  El 23 de septiembre de 2006, se publicó la incorporación municipal de la 2ª Etapa;  El 09 de octubre...

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