Acuerdo del pleno por el que se da a conocer el calendario de labores de la comisión ejecutiva de atención a víctimas para el año 2016

Fecha de registro12 Enero 2016
Número de expediente97/0002/120116
EmisorCEAV - Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”

México, D.F., a 29 de diciembre de 2015

ACUERDO DEL PLENO por el que se da a conocer el Calendario de Labores de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para el Año 2016.

EL PLENO de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en los artículos 29 y 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado B del artículo 123 Constitucional; 74 de la Ley Federal del Trabajo; 95, fracción I de la Ley General de Víctimas; 30 y 35, primer párrafo de su Reglamento, y 16 y 21, fracciones I y II del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas; y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía técnica y de gestión;

Que el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles, determinando los días que no se considerarán hábiles, entre otros, los sábados, los domingos, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores;

Que el Reglamento de la Ley General de Víctimas establece en su artículo 30, que las relaciones laborales entre la Comisión Ejecutiva y sus trabajadores, se rigen por el artículo 123, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Que el Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 1993 y modificado el 27 de enero de 2006, determina que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado B del Artículo 123 Constitucional, observarán como días de descanso obligatorio para sus trabajadores, los siguientes: 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 1 de mayo; 5 de mayo; 16 de...

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