Acuerdo número por el que se modifican las reglas de operación del programa para el desarrollo profesional docente para el ejercicio fiscal 2022, emitidas mediante diverso número 39/12/21, publicado en el diario oficial de la federación el 30 de diciembre de 2021

Número de expediente01/0018/220622
Fecha de registro22 Junio 2022
EmisorSEP - Secretaría de Educación Pública

DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XIV, XXI y antepenúltimo párrafo, 21, 27, 28, 33, 34, 36 y Anexos 13, 17, 18, 25 y 29.1 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;

Que con fecha 30 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo número 39/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el ejercicio fiscal 2022 (RO);

Que las RO establecen en su numeral 2.1. que el referido Programa tiene como objetivo general el fortalecer el perfil necesario para el desempeño de las funciones de las y los profesores de tiempo completo, personal docente y personal con funciones de dirección, supervisión o asesoría técnico pedagógica de las instituciones de educación públicas, a través de programas de formación, actualización académica, capacitación y/o proyectos de investigación en igualdad de oportunidades para mujeres y hombres;

Que las RO atienden los 3 tipos educativos: básico, medio superior y superior, por lo que cuentan con los apartados de: TIPO BÁSICO, TIPO MEDIO SUPERIOR y TIPO SUPERIOR;

Que para el TIPO SUPERIOR, es necesario modificar las RO, con el objeto de que la Dirección General de Universidades...

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