Acuerdo número por el que se emiten las reglas de operación del programa para la inclusión y la equidad educativa para el ejercicio fiscal 2018

Fecha de registro07 Diciembre 2017
Número de expediente01/0055/071217
EmisorSEP - Secretaría de Educación Pública

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA INCLUSIÓN Y LA EQUIDAD EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

ÍNDICE

GLOSARIO

1. INTRODUCCIÓN

2. OBJETIVOS

2.1. General

2.2. Específicos

3. LINEAMIENTOS

3.1. Cobertura

3.2. Población objetivo

3.3. Beneficiarias

3.3.1. Requisitos

3.3.2. Procedimiento de selección

3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

3.4.1 Devengo, aplicación y reintegro de los recursos

3.4.1.1 Devengos

3.4.1.2 Aplicación

3.4.1.3 Reintegros

3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos.

3.6. Participantes

3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)

3.6.2. Instancia(s) normativa(s)

3.7. Coordinación institucional

4. OPERACIÓN

4.1. Proceso

4.2. Ejecución

4.2.1. Avances físicos y financieros

4.2.2. Acta de entrega-recepción

4.2.3. Cierre de ejercicio

5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO

6. EVALUACIÓN

6.1. Interna

6.2. Externa

7. TRANSPARENCIA

7.1. Difusión

7.2. Contraloría social

8. QUEJAS Y DENUNCIAS

ANEXOS

Tipo básico

No.

Denominación

1a

Carta Compromiso Única.

1b

Convenio y Lineamientos Internos de Coordinación para la Operación de los Programas Federales.

1c

Guía para la elaboración del plan anual de trabajo (PAT).

1d

Informe Trimestral Físico-Financiero.

1e

Informe trimestral técnico pedagógico para educación indígena y migrante.

1f

Diagrama de flujo.

Tipo Media Superior

2a

Modelo de Convenio de Colaboración.

2b

Procedimiento para la Instrumentación de Acta Circunstanciada de Entrega-Recepción de Bienes.

2c

Diagrama de Flujo

Tipo Superior

3a

Modelo de Convocatoria.

3b

Modelo de Convenio de apoyo financiero.

3c

Modelo de lineamientos internos de coordinación.

3d

Modelo de anexo de ejecución.

3e

Modelo de Carta de liberación.

3f

Normativa del Programa Contraloría Social

(Participación social).

3g

Diagrama de flujo.

GLOSARIO

Para efectos de las presentes Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, se entenderá por:

Actividades académicas.- Realización de jornadas académicas, artísticas, deportivas, científicas y/o culturales que promuevan la participación y el aprendizaje de las/los alumnas/os con discapacidad y las/los alumnas/os con aptitudes sobresalientes y/o talentos específicos; celebración de convenios o acuerdos de colaboración con instituciones públicas o privadas especializadas en el desarrollo de las ciencias, los deportes y las artes, así como en la atención de dichas/os alumnas/os; viáticos (hospedaje, alimentación y transporte) para las/los alumnas/os con discapacidad y las/los alumnas/os con aptitudes sobresalientes que participen de estas actividades académicas, así como, para el personal docente que acompañen.

Adquisición.- El acto jurídico por virtud del cual se adquiere el dominio o propiedad de un bien a título oneroso, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Adquisición de equipamiento tecnológico-. Compra de recursos digitales y equipo multimedia, interactivo y audiovisual especializado para la atención educativa del alumnado en contexto de vulnerabilidad.

Adquisición y desarrollo de materiales.- Compra de contenidos originales, compilaciones o reproducciones de materiales impresos: guías, ficheros de actividades, manuales, y otros tipos de textos que apoyen el trabajo en las diferentes asignaturas o la práctica docente.

AEFCDMX.- Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, Órgano Administrativo Desconcentrado del Ramo 25 “Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos”, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestras/os de educación básica en el ámbito de la Ciudad de México.

AEL.- Autoridad Educativa Local, a la/el Titular de la Secretaría de Educación o dependencia o entidad homóloga en cada uno de los Estados de la Federación, que cuente con atribuciones para el desempeño de la función social educativa. Para efectos de las presentes Reglas de Operación, quedará incluida la AEFCDMX.

Alumna/o.- Es la/el niña, niño, adolescente o joven en edad de cursar la Educación Básica, matriculado/a en cualquier grado de los diversos niveles, tipos y servicios educativos que se brindan como parte del Sistema Educativo Nacional.

Alumna/o con aptitudes sobresalientes.- Aquella o aquel que es capaz de destacar significativamente del grupo social y educativo al que pertenece en uno o más de los siguientes campos del quehacer humano: científico-tecnológico, humanístico-social, artístico o de acción motriz. Estas/os alumnas/os, por sus características tienen necesidades educativas específicas, que de no ser reconocidas y atendidas, podrían derivar en necesidades educativas especiales, dependiendo del contexto y de la atención educativa que se les brinde. Para desarrollar sus capacidades y satisfacer sus necesidades e intereses se requiere de apoyos complementarios escolares y extraescolares.

Alumna/o con talento específico.- Es aquella o aquel que presenta un conjunto de competencias que le permiten dominar la información de un área concreta del actuar humano; lo esencial en el talento es que es específico, a diferencia de las aptitudes sobresalientes. En consecuencia, estas/os alumnas/os requieren de instrumentos de evaluación propios de cada área y una atención diferenciada para desarrollar dicho talento.

Alumna/o con discapacidad.- Aquella o aquel alumno(a) que tiene un impedimento motriz, intelectual, mental y/o sensorial (auditiva o visual), de naturaleza permanente, que limita su participación y su ejercicio en una o más actividades de la vida diaria. Dicho impedimento puede ser agravado por las barreras que existen en el entorno escolar, familiar, económico y social. Para fines de las presentes Reglas de Operación, quedarán incluidos las/los alumnas/os con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Alumna/o indígena.- La/El alumna/o que tiene la condición de hablar como lengua materna alguna de las lenguas indígenas nacionales y/o pertenece a un pueblo indígena, entendido como el que desciende de poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país, en las épocas de la Conquista o la Colonia y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. Debe ser formado en su propia lengua y en el marco de su cultura como parte de las obligaciones constitucionales del Estado. Para el tipo superior el registro de esta población quedará considerada en el campo "Hablante de lengua indígena" del Cuestionario 911 de la Estadística Educativa.

Alumnado.- Es la/el niña, niño, adolescente o joven en edad de cursar...

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