Acuerdo No. IEEM/CG/77/2017.- Por el que se tiene por no presentada la solicitud de registro del ciudadano Guillermo Eduardo Antonio Ortiz Solalinde, como candidato independiente a la Gubernatura del Estado de México, para el periodo comprendido del 16 de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de 2023

3 de abril de 2017 Página 157
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N°. IEEM/CG/77/2017
Por el que se tiene por no presenta da la solicitud de registro del ciudadano Guillermo Eduardo Antonio Ortiz
Solalinde, como Candidato Independiente a la Gubernatura del Estado de México, para el periodo comprendido del
16 de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de 2023.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo
presentado por el Secretario del Consejo General; y
R E S U L T A N D O
1. Que el veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, la Junta General del Instituto Nacional Electoral, aprobó
mediante Acuerdo INE/JGE60/2016, el Catálogo de Cargos y Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional,
mismo que fue actualizado mediante diverso INE/JGE133/2016, del veintiséis de mayo de dos mil dieciséis.
Conforme a dicho Catálogo, los Organismos Públicos Locales Electorales, a través de su órgano ejecutivo o
técnico responsable de prerrogativas, partidos políticos y, en su c aso asociaciones políticas en el ámbito local, -a
través de la Dirección de Partidos Políticos por cuanto hace al Instituto Electoral del Estado de México- deben llevar
a cabo las actividades relacionadas a la revisión del registro de los candidatos independientes, entre otros
aspectos.
2. Que el treinta y uno de mayo de dos m il dieciséis, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y
Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, el Decreto número 85 expedido por la H. “LIX” Legislatura Local, por
el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de México;
entre ellas, los artículos 118 , 120 y 123, de dicho ordenamiento, que se refieren esencialmente a las condiciones y
requisitos para obtener el registro como candidato independiente.
3. Que en sesión extraordinaria celebrada el dos de septiembre de dos mil dieciséis, este Órgano Superior de
Dirección a través del Acuerdo IEEM/CG/70/2016, expidió el “Reglamento para el Registro de Candidaturas
Independientes ante el Instituto Electoral del Estado de México” y abrogó el “Reglamento para el Registro de
Candidaturas Independientes, del Instituto Electoral del Estado de México”, emitido mediante el diverso
IEEM/CG/40/2014.
Del mismo modo, mediante Acuerdo IEEM/CG/72/2016, expidió el “ Reglamento para el Registro de Candidaturas a
los distintos cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México” y abrogó los “Lineamientos
para el Registro de Candidaturas a los distintos cargos de Ele cción Popular p ara el Proceso Electoral 2014-2015,
ante el Instituto Electoral del Estado de México”, aprobados mediante Acuerdo IEEM/CG/49/2015, así como las
modificaciones realizadas a través del diverso IEEM/CG/33/2016, de fechas dos de abril de d os mil quince y quince
de febrero de dos mil dieciséis, respectivamente.
Asimismo, emitió el Acuerdo IEEM/CG/77/2016, por el que aprobó el Calendario del Proceso Electoral Ordinario
2016-2017; en el que determinó, entre otras cosas:
- El plazo para emitir l a Convocatoria a ciudadanos interesados en postularse como candidatos independientes
a cargos de elección popular, que comprendió del primero al diez de noviembre de dos mil dieciséis.
- El plazo para la presentación de la manifestación de la intención de ser candidato independiente a cargo de
elección popular, comprendió del once de noviembre de dos mil dieciséis al nueve de enero de dos mil
diecisiete.
- El plazo para resolver sobre la adquisición de la calidad de aspirante a candidato independiente a cargo de
elección popular, a más tardar el quince de enero de dos mil diecisiete.
- La fecha para la recepción de la solicitud de registro de candidaturas, el veintinueve de marzo de dos mil
diecisiete.
- La fecha para la sesión del registro de Candidatos Independientes, el dos de abril de dos mil diecisiete.
4. Que en fecha siete de septiembre de dos mil dieciséis, este Consejo General celebró Sesión Solemne para dar
inicio al Proceso El ectoral Ordinario 2016-2017, para elegir Gobernador Constitucional del Estado de México, para
el periodo comprendido del 16 de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de 2023.

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