Acuerdo No. IEEM/CG/214/2015.- Por el que se aprueba el Programa Anual de Auditoria Interna, correspondiente al ejercicio 2016.

Página 14 6 de noviembre de 2015
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ
(RÚBRICA).
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
M. EN A. P. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
(RÚBRICA).
EL anexo del presente Acuerdo se encuentra publicado en la página electrónica
http://www.ieem.org.mx/consejo_general/a2015.html
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N°. IEEM/CG/214/2015
Por el que se aprueba el Programa Anual de Auditoria Interna, correspondiente al ejercicio 2016.
Visto, por los integrantes del Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de
Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y
R E S U L T A N D O
1. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada el catorce de
agosto de dos mil catorce, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/CG/22/2014, el Programa Anual de Actividades
del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2015, mismo que fue adecuado por el propio Órgano
Superior de Dirección, a través del Acuerdo IEEM/CG/14/2015, de fecha treinta de enero del año en curso.
El Programa de mérito, establece la actividad identificada con la Clave 113201, Nivel P3C2A1, a cargo de la
Contraloría General, consistente en proponer al Consejo General de este Instituto, el Programa Anual de Auditoría
Interna 2016.
2. Que en cumplimiento de la actividad referida en el segundo párrafo del Resultando anterior, la Contraloría General
del Instituto Electoral del Estado de México, elaboró el Programa Anual de Auditoría Interna, para el año 2016;
remitido por su Titular a la Secretaría Ejecutiva el dos de octubre del año en curso, mediante oficio número
IEEM/CG/2557/2015, a efecto de que por su conducto, se presentara a este Consejo General; y
C O N S I D E R A N D O
establece que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional
Electoral y de los organismos públicos locales.
Asimismo, el Apartado C, de la Base citada en el párrafo anterior, señala que en las entidades federativas las
elecciones locales estarán a cargo de organismos públicos locales en los términos que señala la propia
II. Que el artículo 98, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que los
organismos públicos locales son autoridad en la materia electoral, en los términos que establece la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, la referida ley y las leyes locales correspondientes.
III. Que conforme al artículo 11, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la
organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la
Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos es una función que se realiza a través del Instituto Nacional
Electoral y el Organismo Público Electoral del Estado de México, denominado Instituto Electoral del Estado de
México.
IV. Que el artículo 168, primer párrafo, del Código Electoral del Estado de México, menciona que el Instituto Electoral
del Estado de México es el organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su

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