Acuerdo No. IEEM/CG/213/2015.- Relativo al Informe que presenta la Unidad Técnica de Fiscalización al Consejo General sobre los resultados de la investigación relacionada a dos aportaciones presuntamente anónimas que informó el Partido Revolucionario Institucional al Instituto Electoral del Estado de México, durante el ejercicio dos mil catorce.

Página 8 6 de noviembre de 2015
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría de este Órgano Superior de Dirección, haga del conocimiento, al Tribunal
Electoral del Estado de México, la expedición y entrega de las constancias mencionadas en el Punto
Segundo de este Acuerdo, a las ciudadanas y ciudadanos referidos en el párrafo Tercero del
Considerando XIX del presente Acuerdo, en cumplimiento del Resolutivo Cuarto de la sentencia recaída
al Juicio de Inconformidad número JI/278/2015.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación en el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de
México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de
México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado
de México, en Sesión Ordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintinueve de octubre
de dos mil quince, firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 191, fracción X y 196, fracción
XXX, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ
(RÚBRICA).
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
M. EN A. P. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
(RÚBRICA).
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N°. IEEM/CG/213/2015
Relativo al Informe que presenta la Unidad Técnica de Fiscalización al Consejo General sobre los resultados de la
investigación relacionada a dos aportaciones presuntamente anónimas que informó el Partido Revolucionario
Institucional al Instituto Electoral del Estado de México, durante el ejercicio dos mil catorce.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo
presentado por el Secretario del Consejo General, y
R E S U L T A N D O
1. Que el veintitrés de mayo del año dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el
que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reforman y adicionan diversas
Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos.
El Artículo Transitorio Décimo Octavo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, estableció lo
siguiente:
“DÉCIMO OCTAVO. Los procedimientos administrativos, jurisdiccionales y de fiscalización relacionados con
las agrupaciones políticas y partidos políticos en las entidades federativas, así como de sus militantes o
simpatizantes, que los órganos electorales locales hayan iniciado o se encuentren en trámite a la entrada en
vigor de esta Ley, seguirán bajo la competencia de los mismos, en atención a las disposiciones jurídicas y
administrativas que hubieran estado vigentes al momento de su inicio. Los gastos realizados por los partidos
políticos en las entidades federativas hasta antes de la entrada en vigor del presente Decreto, serán

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