Acuerdo Modificatorio al diverso Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

Fecha de publicación29 Mayo 2023
EmisorSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ACUERDO Modificatorio al diverso Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Tr
ACUERDO Modificatorio al diverso Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
JORGE NUÑO LARA, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 14, 16, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción XVIII; 6, fracciones I y VI de la Ley de Aviación Civil; 2, fracción VII Ter y 6 de la Ley de Aeropuertos; 4 de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo; 5 de la Ley General de Mejora Regulatoria, y 4o. del ReglamentoInterior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el cual contiene los objetivos, acciones y metas que regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración;
Que el 2 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024", que conduce los esfuerzos del Sector en su conjunto, durante el período 2020-2024, en él, se identifican los Objetivos y Estrategias Prioritarias, las Acciones puntuales, así como las Metas de Bienestar y Parámetros para dar cumplimiento a la Misión de la SICT, que pretende fundamentalmente, contribuir al bienestar social y al desarrollo regional de nuestro país, teniendo como principios rectores entre otros, no dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera y por el bien de todos, primero los pobres, tomando en cuenta las contribuciones de los distintos grupos sociales en las consultas celebradas a principios de esta administración, para conocer las demandas y necesidades más sentidas de la sociedad a la que se sirve;
Que el referido "Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024", prevé como estrategia 2.3.1. "Revisar, con base a las necesidades actuales, los ordenamientos jurídicos, normativos, de regulación y operación del transporte aéreo, integrando sistemas mixtos y de pasajeros para ofrecer condiciones óptimas de seguridad, calidad, eficiencia y competitividad.";
Que en cumplimiento al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago), el cual fue firmado el 7 de diciembre de 1944 y ratificado por el Senado de la República el 31 de diciembre de 1945, y sus anexos, el Estado Mexicano tiene la obligación ante la comunidad internacional a efecto de lograr el más alto grado de uniformidad posible en las reglamentaciones, normas, procedimientos y organización relativos a las aeronaves, personal, aerovías y servicios auxiliares, en todas las cuestiones en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea;
Que los artículos 6 de la Ley de Aviación Civil y 6 de la Ley de Aeropuertos, otorgan a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes la atribución de emitir disposiciones técnico-administrativas en materia de aviación civil y aeroportuaria necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en ambas leyes y en los tratados de los que el Estado mexicano es parte, mismas que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en la Publicación de Información Aeronáutica;
Que el 2 de diciembre de 2022, esta Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes".
Que el 24 de enero de 2023, esta Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO modificatorio al diverso Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes".
Que el 03 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aeropuertos y de la Ley de Aviación Civil.
Que para continuar dando certeza y seguridad jurídica respecto de la vigencia y efectos jurídicos de las disposiciones administrativas de carácter técnico aeronáutico emitidas por la Agencia Federal de Aviación Civil, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO MODIFICATORIO AL DIVERSO "ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS
DISPOSICIONES TÉCNICO ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER AERONÁUTICO DE LA AGENCIA
FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL, ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES"
ÚNICO. Se MODIFICAN el número de circulares de asesoramiento de la fracción I; el numeral 4 del inciso A, de la fracción I; el número de circulares de asesoramiento del inciso C, de la fracción I; el número de circulares de asesoramiento del inciso D, de la fracción I; el número de circulares obligatorias de la fracción II; el número de circulares obligatorias del inciso B, de la fracción II; los numerales 11, 14, 33, 47 y 53 del inciso B, de la fracción II, y los numerales 1, 2, 3 y 12 del inciso C, de la fracción II, todos del apartado SEGUNDO; se ADICIONAN el numeral 18, al inciso C, de la fracción I; el numeral 3, al inciso D, de la fracción I; los numerales 80, 81 y 82, al inciso B, de la fracción II, todos del apartado SEGUNDO y; se DEROGA la fracción III del apartado SEGUNDO del ACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2022 y su modificación publicada en el mismo medio de difusión el 24 de enero de 2023, para quedar, en lo conducente, en los siguientes términos:
SEGUNDO. - ...
I. Circulares de Asesoramiento (CA): Total 29.
A. ...
1. a 3. ...
4. CA AV-08/22 R1 Que adopta las definiciones establecidas del Anexo 8 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), en materia de aeronavegabilidad.
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/810674/ca-av-08-22-r1-adopcion-def-an8-oaci-aeronavegabilidad-21032023.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2023/SICT/ca-av-08-22-r1-adopcion-def-an8-oaci-aeronavegabilidad-21032023.pdf
B. ...
C. Concesionarios, Permisionarios y Operadores Aéreos (18).
1. a 17. ...
18. CA AV-06/23 Que adopta las definiciones y abreviaturas establecidas en el Anexo 6 Parte I, Parte II y Parte III de la OACI, en materia de operación de aeronaves, para su aplicación en la normatividad aeronáutica nacional.
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/807152/ca-av-06-23-01032023.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2023/SICT/ca-av-06-23-01032023.pdf
D. Personal Técnico Aeronáutico y Centros de Capacitación/Adiestramiento...

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