Acuerdo Modificación y Documento del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima, en lo Concerniente a la Clasificación de áreas Perteneciente Al Municipio de Colima, en lo Que Respecta a la Clasificación de áreas del Predio Rústico 02-02-80-000-032-017 de Ru-Lp (Reserva Urbana a Largo Plazo) a Ru-Cp Reserva Urbana a Corto PLAZO.

Fecha de disposición05 Diciembre 2015
Fecha de publicación05 Diciembre 2015
SecciónSección General
Número de Gaceta67

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 5 de Diciembre del año 2015; Núm. 67, pág. 2420. DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER EJECUTIVO

ACUERDO

MODIFICACIÓN Y DOCUMENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE COLIMA, COLIMA, EN LO CONCERNIENTE A LA CLASIFICACIÓN DE ÁREAS PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE COLIMA, EN LO QUE RESPECTA A LA CLASIFICACIÓN DE ÁREAS DEL PREDIO RÚSTICO 02-02-80-000-032-017 DE RU-LP (RESERVA URBANA A LARGO PLAZO) A RU-CP RESERVA URBANA A CORTO PLAZO.

RAMÓN PÉREZ DÍAZ, Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.295/2015, de fecha 12 de noviembre del año 2015, y recibido en la Dirección General de Gobierno día 17 del mismo mes, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene una modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", en lo que respecta a la clasificación de áreas del polígono correspondiente al predio identificado con la clave catastral 02-02-80-000-032-017, la cual es promovida por los CC. Pablo Radillo Carrillo, Gilberto Villa Romero, María de la Luz Castel y Tobías Galván Beltrán.

SEGUNDO.- Que el "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Colima, el 12 de octubre del año 2000, y mediante Acuerdo del Ejecutivo a mi cargo se publicó en el Periódido Oficial "El Estado de Colima", en su edición No. 52, de fecha 16 de diciembre del mismo año. En sesión celebrada el día 9 de octubre del año en curso, el Cabildo municipal aprobó una modificación al Programa ya mencionado, en lo concerniente a la clasificación de áreas del predio rústico 02-02-80-000-032-017 de RU-LP (Reserva Urbana a Largo Plazo) a RU-CP (Reserva Urbana a Corto Plazo), conforme se asienta en el documento del cual solicitan su publicación, así como en la certificación del Punto de Acuerdo expedida el día 13 del mes de su aprobación, así como en la certificación del Punto de Acuerdo expedida el día 13 del mes de su aprobación, por el Secretario del H. Ayuntamiento respectivo.

TERCERO.- Que el Encargado del Despacho de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", en lo concerniente a la clasificación de áreas del predio rústico02-02-80-000-032-017 de RU-LP (Reserva Urbana a Largo Plazo) a RU-CP (Reserva Urbana a Corto Plazo).

CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, Colima", en los términos ya señalados.

En tal virtud he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.- Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena...

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