Acuerdo que modifica al diverso por el que la secretaría de economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior

Número de expediente03/0051/270722
Fecha de registro27 Julio 2022
EmisorSE - Secretaría de Economía
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Con fundamento en los artículos 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracciones III y V, 17, 20 y 21,
de la Ley de Comercio Exterior; 21 y 22 del Reglamento de la Ley de Comercio
Exterior, y 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
C O N S I D E R A N D O
Que el Acuerdo por el que la Secretaria de Economía emite reglas y criterios de
carácter general en materia de Comercio Exterior fue publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 9 de mayo de 2022.(Acuerdo de Reglas), tiene por objeto dar a
conocer las reglas que establecen disposiciones de carácter general y los criterios
necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales
internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos
generales competencia de esta Secretaría de Economía agrupándolas de manera
que faciliten al usuario su aplicación.
Que el Acuerdo de Reglas en su regla 3.1.1 señala que, las autorizaciones a que
se refieren las reglas 3.2.20, 3.2.23, 3.2.25, 3.2.28, 3.2.33, 3.3.6 y 3.4.14, los
solicitantes deberán presentar junto con su solicitud, una fe de hechos, de una
antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud,
emitida por Corredor Público habilitado por la Secretaría de Economía.
Que el citado Acuerdo, en la regla 3.2.28, fracción III, señala que las empresas que
requieran acogerse al beneficio de la Ampliación para reparación,
reacondicionamiento y remanufactura, deberán presentar a través de la Ventanilla
Digital Mexicana de Comercio Exterior, además de otros requisitos, fe de hechos en
términos de la regla 3.1.1.
Que la regla 3.3.6, fracción V del mismo Acuerdo, señala que para los efectos de
los artículos 5 fracción I y 6 BIS fracción II, segundo párrafo del Decreto para el
Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006, y sus
reformas (Decreto IMMEX), relativos a la autorización de ampliación de Programa
IMMEX para efectuar la importación temporal de mercancías sensibles, el
interesado deberá presentar, además de otros requisitos, fe de hechos en términos
de la regla 3.1.1.
Que en los supuestos a que se refieren los considerandos anteriores refieren a
empresas que cuentan con un Programa IMMEX, con antecedentes de sus
procesos en la Secretaría de Economía. aunado a que en la solicitud debe presentar

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