Acuerdo que modifica el diverso por el que se determina la creación de la Comisión para el Seguimiento de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de agosto de 2016.

Miércoles 3 de mayo de 2023 Sección Segunda Tomo: CCXV No. 76
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE LAS MUJERES
EL SIST EMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 4 Y 6 DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL
NIÑO ADOPTADA EN LA CIUDAD DE NUEVA YORK, N. Y., EL 20 DE NOVIEMBRE DE 1989; 5 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 85, FRACCIÓN XXIII, 99 Y 100 DE LA LEY DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
C O N S I D E R A N D O
Que el 7 de mayo de 2015, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes del Estado de México, la cual tiene por objeto garantizar el pleno goce, respeto, protección y promoción de
los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte, la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y las leyes vigentes
que con fundamento en ellas emanen.
Que el 10 de agosto de 2016, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Acuerdo por el que se determina la
creación de la Comisión para el Seguimiento de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones
Unidas, con el propósito de rec onocer la labor de las instancias que alimentan el Sistema para el Seguimiento de las
Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas del Estado de México, a través de la
integración de a cciones que dan seguimiento a las recomendaciones emitidas por e l mencionado Comité, y que sean
atendidas de manera coordinada cada una de las recomendaciones.
Que derivado de las modificaciones orgánicas de la Administración Pública Estatal, Poderes y Órganos Constitucionales
Autónomos del Estado de México, es necesario modificar la integración de la Comisión para el Seguimiento de las
Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
Que el 4 de mayo del 2022, la Comisión para el Seguimiento de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño
de Naciones Unidas, en el marco de la Octava Sesión Ordinaria, aprobó el Acuerdo CDNNU/08/SO/18/2022, por el que se
aprueba la modificación al acuerdo por el que se determina la creación de la Comisión para el Seguimiento de las
Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”, el 16 de agosto del año 2016.
En mérito de lo expuesto, se expide el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DETERMINA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN PARA EL
SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO DE NACIONES UNIDAS,
PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EL 10 DE AGOSTO DE 2016.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo Quinto, y se adiciona el inciso A con las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X,
XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI y XVII, los incisos B y C, y el inciso D con las fracciones I y II, al primer párrafo del artículo
Segundo, y un segundo párrafo al artículo Tercero del Acuerdo po r el que se determina la creación de la Comisión para el
Seguimiento de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, publicado en el Periódico
Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de agosto de 2016, para quedar como sigue:
SEGUNDO.
A. Poder Ejecutivo del Estado de México:
I. Secretaría General de Gobierno;
II. Secretaría de Seguridad;
III. Secretaría de Finanzas;
IV. Secretaría de Salud;

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