Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer los servicios que son autorizados con la Firma Electrónica Avanzada de los funcionarios competentes del Servicio Exterior Mexicano y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado el 23 de octubre de 2014.

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EmisorSecretaría de Relaciones Exteriores

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano; 15 y 16 de la Ley de Inversión Extranjera; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 7 y 15 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada; 13 de la Ley General de Archivos; 73 del Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano; 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, y 1, 3, 4, 7, 23 y 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y

CONSIDERANDO

Que el 23 de octubre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los servicios que son autorizados con la Firma Electrónica Avanzada de los funcionarios competentes del Servicio Exterior Mexicano y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que tuvo por objeto dar a conocer los servicios que son autorizados con la Firma Electrónica Avanzada de los funcionarios competentes, cuya aplicación corresponde a la Dirección General de Servicios Consulares y a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, así como a las oficinas consulares, conforme al ámbito de sus atribuciones;

Que derivado de la expansión y modernización de los servicios consulares e informes consulares después de la publicación del Acuerdo previamente citado, se hace necesaria su modificación, a fin de incluir la solicitud de trámite de la credencial para votar desde el extranjero, los actos de fe pública notarial, actos del servicio militar nacional, otros certificados en coadyuvancia con dependencias del Gobierno Federal y el informe mensual de actos de recaudación, en los procesos de su autorización con la Firma Electrónica Avanzada, con el propósito de contribuir a su mejora, eficiencia, rapidez, orden y certeza jurídica, así como la simplificación y modernización tecnológica tendiente a mejorar la prestación de los servicios, en términos del artículo 23, fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y

Que por otra parte, resulta relevante concentrar en un solo documento los servicios que proporciona la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos que utilizan el certificado de firma electrónica avanzada, registrado ante el Servicio de Administración Tributaria, siendo necesario incluir aquéllos relativos a la expedición de permisos para constituir fideicomisos sobre bienes...

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