Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo.

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EmisorSecretaría de Economía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracciones III y V, 17 y 23 de la Ley de Comercio Exterior; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado el 30 de junio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, establece un arancel-cupo exento para las fracciones arancelarias 0713.33.02, 0713.33.03 y 0713.33.99 correspondientes a frijol, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía.

Que el 27 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano informativo el 13 de enero y 4 de febrero de 2012, así como el 12 de julio de 2013, el 29 de marzo de 2016 y el 14 de abril de 2017.

Que para la asignación del cupo a que se refiere el Acuerdo que se indica en el considerando anterior, se debe tomar en cuenta la información que proporcionan autoridades como lo es el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Que derivado del análisis realizado por la Secretaría de Economía, a partir de la información dada a conocer por el SIAP, se observó un crecimiento de 62.9% en el inventario final de frijol en el ciclo comercial octubre 2017 - julio 2018, con respecto al ciclo homologo anterior, octubre 2016 - septiembre 2017, de 202 mil a 329 mil toneladas.

Que con dicho inventario existe disponibilidad del producto en el mercado nacional, por lo que no se requieren de importaciones adicionales a las provenientes de países con los cuales nuestro país tiene suscritos Tratados de Libre Comercio.

Que se estima necesario retrasar los flujos de importación de frijol bajo el arancel-cupo, dado que no se requieren...

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