Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé
Fecha de disposición | 15 Enero 2016 |
Fecha de publicación | 15 Enero 2016 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 5o., fracción V, 17, 20 y 23 de la Ley de Comercio Exterior; 26 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 23 de marzo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé, el cual es un instrumento de política industrial acorde con los objetivos del Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, al facilitar el establecimiento de condiciones para incentivar la inversión, la productividad y la innovación en las industrias del juguete y de productos para bebé, contribuyendo al mejor desempeño de las empresas para hacer frente al dinámico entorno comercial.
Que existen empresas productoras de juguetes y de productos para bebé que han optado por producir en México a través de plantas propias o mediante contratos de producción o manufactura con productores indirectos, y por ende no cuentan con un Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) propio; sin embargo, el fabricante que les manufactura sí cuenta con dicho Programa y es posible distinguir la producción que realizan en el país por encargo de las empresas mencionadas.
Que tomando en cuenta lo anterior, resulta conveniente contemplar la práctica comercial mencionada y prever la posibilidad de que la empresa productora o su productor indirecto cuenten con el registro PROSEC para efectos de la solicitud de la asignación del cupo.
Que se identificaron dos fracciones arancelarias que registran una importación superior al 1% del volumen promedio importado en kilogramos en el periodo 2012-2013, por lo que se considera necesario incorporarlas al cupo para fomentar la diversidad y oferta de juguetes y productos para bebé y facilitar a la industria fabricante de los mismos la posibilidad de ampliar y complementar sus líneas de producción.
Que conforme a lo dispuesto por la Ley de Comercio Exterior, la medida a...
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