Acuerdo mediante el cual se publica la estructura ocupacional del Instituto Nacional de Ciencias Penales y se expide el Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas al servicio del Instituto Nacional de Ciencias Penales para el ejercicio fiscal 2023.

Fecha de publicación04 Abril 2023
EmisorPROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ACUERDO mediante el cual se publica la estructura ocupacional del Instituto Nacional de Ciencias Penales y se expide el Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas al servicio del Instituto Nacional de Ciencias Penales para e
ACUERDO mediante el cual se publica la estructura ocupacional del Instituto Nacional de Ciencias Penales y se expide el Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas al servicio del Instituto Nacional de Ciencias Penales para el ejercicio fiscal 2023.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE PUBLICA LA ESTRUCTURA OCUPACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES Y SE EXPIDE EL MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS AL SERVICIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
ADRIANA ESPINOSA LÓPEZ, Directora de Administración del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) con fundamento en los artículos 17 de la Ley de la Fiscalía General de la República; 1 y 43, fracciones III, IV y XII del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ciencias Penales; 65, fracción II, 66 y 70 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 23 y 24 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, tomando en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES
El 11 de abril de 1996, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea el Instituto Nacional de Ciencias Penales, cuyo artículo 1 estableció que el INACIPE es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, con domicilio en la Ciudad de México;
El 25 de junio de 2012, se publicó en el DOF la Resolución conjunta por la que la Procuraduría General de la República y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología reconocen al Instituto Nacional de Ciencias Penales, como Centro Público de Investigación;
El 1 de marzo de 2017, en cumplimiento al artículo 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, se celebró el Convenio de Administración por Resultados entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, la Procuraduría General de la República como cabeza de sector del INACIPE y el propio Instituto, con lo que se formalizó el carácter legal de este último como Centro Público de Investigación;
El 20 de mayo de 2021, se publicó en el DOF el DECRETO por el que se expide la Ley de la FiscalíaGeneral de la República, se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales; el cual establece en su Transitorio Quinto, que a partir de la entrada en vigor de este Decreto quedará desincorporado de la Administración Pública Federal el organismo descentralizado denominado Instituto Nacional de Ciencias Penales que pasará a ser un órgano con personalidad jurídica y patrimonio propio, que gozará de autonomía técnica y de gestión, dentro del ámbito de la Fiscalía General de la República
El 20 de febrero de 2023 se publicó en el DOF el ACUERDO A/OM/001/2023 mediante el cual se publica la estructura ocupacional de la Fiscalía General de la República y se expide el Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas al servicio de la Fiscalía General de la República para el ejercicio fiscal 2023, y
El 28 de febrero de 2023 se publicó en el DOF el ACUERDO A/OM/002/2023 mediante el cual se modifica el Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas al servicio de la Fiscalía General de la República para el ejercicio fiscal 2023, y
CONSIDERANDO
Primero. Que el artículo 123, apartado B, fracción IV, primer párrafo, de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, indica, entre otras cosas, que los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos;
Segundo. Que el artículo 127, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las personas servidoras públicas de la Federación y de los organismos autónomos, entre otros, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades;
Tercero. Que el artículo 17, de la Ley de la Fiscalía General de la República, establece que: el Instituto Nacional de Ciencias Penales será un órgano con personalidad jurídica y patrimonio propio, que gozará de autonomía técnica y de gestión, dentro del ámbito de la Fiscalía General, que se encargará de impartir educación superior, capacitación técnica y profesional, realizar investigación académica, científica y tecnológica, contribuir en la formulación de políticas públicas en materia de justicia penal y seguridad pública. Además, dicho Instituto podrá participar en la capacitación y formación ética y profesional de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General y en los procesos de selección, ingreso y evaluación de las personas integrantes del servicio profesional de carrera.
Cuarto. Que los artículos 23 y 24 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, dispone que los poderes federales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los entes con autonomía o independencia reconocida por la Constitución, deberán incluir dentro de sus proyectos de presupuesto los tabuladores de las remuneraciones que se propone perciban las personas servidoras públicas que prestan sus servicios en cada ejecutor de gasto y que el manual de remuneraciones de los servidores públicos se apegará estrictamente a lo aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y
Quinto. Que los artículos 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 20, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, establece que los entes autónomos deberán publicar en el DOF:
a) El manual que regule las remuneraciones para las personas servidoras públicas a su servicio, en el que se proporcione la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubran para cada uno de los niveles jerárquicos que los conforman, y
b) La estructura ocupacional que contenga la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluidas las plazas a que se refiere el párrafo anterior, junto con las del personal operativo, eventual y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorguen con base en disposiciones emitidas por sus órganos competentes, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha.
Sexto. El 14 de diciembre de 2018, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley Orgánicade la Fiscalía General de la República, la cual entró en vigor al día siguiente, en cuyo artículo 1 se estableció que su objeto es reglamentar la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General de la República (FGR) como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables;
Séptimo. El 20 de diciembre de 2018, se publicó en el DOF la Declaratoria de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República, de conformidad con el primer párrafo del artículo Décimo Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, publicado en el DOF el 10 de febrero de 2014.
Octavo. Que derivado de cambios en el proceso de conformación de las nuevas estructuras de la Institución, se requiere la incorporación de nuevos puestos, cuyo objeto es mejorar los resultados en materia de ciencias penales así como de la investigación científica en el ámbito de la criminalística, criminología, derecho penal, política, criminal y victimología, por lo que resulta necesario y procedente la modificación al Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas al servicio de Instituto Nacional de Ciencias Penales para el ejercicio fiscal 2023.
Por lo anteriormente expuesto la suscrita Directora de Administración del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE); he tenido a bien expedir el siguiente:
Por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Publicar en el DOF LA ESTRUCTURA OCUPACIONAL DEL INACIPE con sus equivalencias al tabulador de remuneraciones de la...

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