Acuerdo mediante el cual se delegan en diversos servidores públicos de la secretaría del trabajo y previsión social, las facultades a que se refiere el artículo 31 del reglamento interior de la secretaría del trabajo y previsión social, para su ejercicio en la circunscripción territorial de las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo, que se indican

Número de expediente14/0014/280519
Fecha de registro28 Mayo 2019
EmisorSTPS - Secretaría del Trabajo y Previsión Social

LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 5, fracciones I y ll; 29, 30 y 31 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y del Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y se delegan facultades en sus titulares, y

CONSIDERANDO

Que el 30 de noviembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, por el que se hizo indispensable que la Administración Pública Federal, contara con una estructura orgánica y operativa cuya visión esté alineada a objetivos y estrategias congruentes con las propuestas de gobierno, como espera la ciudadanía en su propósito de ver un cambio en la forma en que el gobierno federal, sus dependencias y entidades, se vincula con la sociedad y los ciudadanos;

Que la Administración Pública Federal se materializa en un conjunto de entidades que responden ante el ciudadano al brindar un servicio, ante lo cual el Ejecutivo Federal que encabeza la Cuarta Transformación está comprometido a que, sin provocar incertidumbre ni alterar la marcha del gobierno, los cambios propuestos en la estructura orgánica de la Administración Pública Federal rindan resultados muy palpables y concretos en el más corto plazo posible;

Que las dependencias y entidades que forman parte del gobierno federal han operado, de acuerdo con un criterio de desconcentración territorial, por medio de delegaciones en las entidades federativas o en regiones del territorio nacional que comprenden una o varias entidades, con el fin auxiliarse de dichos órganos para la aplicación de las normas de su competencia, así como en la implementación de los planes y programas del Poder Ejecutivo Federal para dar cumplimiento a sus metas y objetivos;

Que, con el fin de generar una mejora en la atención a los ciudadanos, es fundamental reorganizar la forma en la que el Poder Ejecutivo opera en las entidades federativas, a partir del reconocimiento de la necesidad de coordinar el desempeño de las múltiples delegaciones con que cuenta la Administración Pública Federal en cada estado y en la Ciudad de México; la nueva forma de operación también permitirá conocer de mejor manera las necesidades de la sociedad en las entidades federativas;

Que a la Secretaria le compete la facultad indelegable de decidir sobre la creación, modificación, fusión o extinción de unidades administrativas, así como de delegaciones, subdelegaciones y oficinas...

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