Acuerdo por el que se instruye a la persona titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, a otorgar el apoyo económico correspondiente al programa social, “Seguro de Desempleo”, a las personas vecinas prestadoras de un servicio por cuenta propia, afectadas directamente con la pérdida de ingresos, con motivo del reordenamiento del comercio en la vía pública en la colonia Unidad Habitacional Santa Cruz Meyehualco

JEFATURA DE GOBIERNO

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción III y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10, Apartado B, numeral 5, inciso b), numeral 12 y 32, apartados A, numeral 1 y C numeral 1, incisos a) y b) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 7, párrafo primero, 10 fracción II, 12 y 21, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 2 y 8 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo del Distrito Federal; y 13 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos y que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; por tanto, se promoverá la creación de empleos y la organización social del trabajo.

Que la Constitución Política de la Ciudad de México, tutela el derecho humano al trabajo y establece que toda persona que desempeñe una ocupación en la Ciudad, temporal o permanente, asalariada o no, tendrá derecho a ejercer un trabajo digno.

Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, instrumenta y opera el Programa Social "Seguro de Desempleo", cuyo objetivo general consiste en otorgar un sistema de protección social para las personas desempleadas, residentes en la Ciudad de México, que hayan perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, con especial atención a los grupos de personas en situación de vulnerabilidad, tendiente a crear las condiciones para su reincorporación al mercado laboral y al goce del derecho constitucional del empleo digno o decente y socialmente útil.

Que con la finalidad de atender la Recomendación 10/2016, emitida por la entonces Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (hoy de la Ciudad de México), la Alcaldía en Iztapalapa llevó a cabo el reordenamiento del comercio en la vía pública en la colonia Unidad Habitacional Santa Cruz Meyehualco, lo cual ocasionó un menoscabo económico a las personas vecinas prestadoras de servicio por cuenta propia, afectando sus fuentes alternativas de ocupación e ingresos.

Que en razón de dicha reubicación, la...

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