Acuerdo IEE/CG/A0014/2017 Acuerdo Que Emite el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima Relativo a la Aprobación de la Propuesta de Pautas para la Distribución del Tiempo en Radio y Televisión, para los Períodos de Precampañas, Intercampaña y Campañas Electorales a Que Tienen Derecho los Partidos Políticos, Coaliciones, Candidaturas Comunes y Candidaturas Independientes en Su Caso, Durante el Proceso Electoral Local 2017-2018.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 09 de Diciembre del año 2017; Núm. 78 pág. 45

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA

ACUERDO IEE/CG/A0014/2017

ACUERDO QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA RELATIVO A LA APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE PAUTAS PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN, PARA LOS PERÍODOS DE PRECAMPAÑAS, INTERCAMPAÑA Y CAMPAÑAS ELECTORALES A QUE TIENEN DERECHO LOS PARTIDOS POLÍTICOS, COALICIONES, CANDIDATURAS COMUNES Y CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN SU CASO, DURANTE EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2017-2018.

A N T E C E D E N T E S:

  1. El día 24 de noviembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral (Reglamento), emitido mediante Acuerdo INE/CG267/2014 aprobado el día 19 de noviembre de 2014 por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

  2. Con fecha 14 de julio de 2017, mediante oficio número IEE/PCG-380/2017, remitido por la Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima, dirigido al Mtro. Miguel Ángel Patiño Arroyo, Director de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional Electoral se envió diversa información para la solicitud de requerimientos relativos a la prerrogativa de pautas de radio y televisión, aplicable en la entidad para el Proceso Electoral Local 2017-2018.

  3. El día 9 de octubre de 2017, durante la Trigésima Octava Sesión Extraordinaria del Periodo Interproceso 2015-2017 el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima emitió el Acuerdo IEE/CG/A066/2017 mediante el cual se aprobó el Calendario oficial para el Proceso Electoral Local 2017-2018, estableciéndose dentro del mismo las fechas de inicio y conclusión de las precampañas y campañas electorales del referido Proceso Electoral.

  4. El día 12 de Octubre del año en curso, mediante Acuerdo IEE/CG/A068/2017, se llevó a cabo la Sesión del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, para la instalación formal de este Órgano Superior de Dirección, haciendo la declaratoria legal del inicio del Proceso Electoral Local 2017-2018, en el que se elegirá a las y los integrantes del Poder Legislativo y las planillas de los diez Ayuntamientos de la entidad.

  5. Con fecha 7 de noviembre de 2017, en reunión de trabajo de la Comisión de Administración, Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, se llevó a cabo el sorteo que sirve de base para definir el orden sucesivo en que se distribuirán las pautas entre los partidos políticos, las candidaturas independientes, las coaliciones y candidaturas comunes, en su caso, de los promocionales para las estaciones de radio y canales de televisión durante el presente Proceso Electoral.

  6. El día 21 de noviembre de 2017, mediante correo electrónico oficial dirigido al Director de Comunicación Social del Instituto Electoral del Estado de Colima, enviado por el Lic. Víctor Ísita Tornell, Subdirector de Planeación y Gestión de Transmisiones y Dirección de Administración de los Tiempos del Estado en Radio y Televisión, de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, remitió los cuadros de asignación y los modelos de pautas en el Estado de Colima para los periodos de Precampaña, Intercampaña y Campaña del Proceso Electoral Local 2017-2018, los cuales fueron elaborados de conformidad con la información recibida mediante los oficios de la Presidencia de este Instituto clave y número IEEC/PCG-380/2017, IEEC/PCG-531/2017 y el IEEC/PCG-741/2017, relativos a las fechas de inicio de precampaña, campaña, periodo de acceso conjunto a radio y televisión, así como el sorteo ya referido.

Con base en lo anterior, se emiten las siguientes

C O N S I D E R A C I O N E S:

  1. - De acuerdo con el artículo 116, fracción IV, inciso i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Constituciones Locales, y las leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que los partidos políticos accedan a la radio y la televisión, conforme a las normas establecidas por el Artículo 41, Base III, Apartado B de la propia Constitución Federal.

    En ese tenor, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y el Código Electoral del Estado, establecen lo relativo a la prerrogativa de acceso a radio y televisión para partidos políticos y candidaturas independientes, en el artículo 86 BIS, Base I, párrafos décimo, décimo primero y décimo segundo de la Constitución local; y los numerales 62, fracción III y 353, fracción II del Código en cita, respectivamente.

    Por su...

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