Acuerdo por el que se habilitan días y horas inhábiles para la substanciación de los procedimientos adquisitivos y contratación de bienes y servicios que se encuentren en trámite o inicien en la Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios, conforme a las disposiciones legales establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Sector Público y su Reglamento, correlacionadas con la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal y su Reglamento

A L C A L D Í A S

ALCALDÍA EN BENITO JUÁREZ

ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS INHÁBILES PARA LA SUBSTANCIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS QUE SE ENCUENTREN EN TRÁMITE O INICIEN EN LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS DE LA ALCALDÍA BENITO JUÁREZ, CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, CORRELACIONADAS CON LA LEY DE ADQUISICIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y SU REGLAMENTO.

LIC. OMAR ALBERTO HERNÁNDEZ TAPIA, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN BENITO JUÁREZ, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 apartado A Bases I y VI incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 1 numerales 1, 4 y 5, articulo 52 numerales 1, 2 y 4, articulo 53 apartado A numeral 1, 2 fracción I, X, XVIII y XXI y 12 fracciones I, II, V, VI, VII, X, XI, XIII y XV, apartado B numerales 1, 3, inciso a) fracciones I, III, VII, IX, X, XV, XX, XXI, XXII, XXIII, XXVI, XXVII, XXXIII, XLI, XLII, XLII, inciso b) fracciones XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI de la Constitución Política de la Ciudad de México, y artículos 1, 2 fracción I, ll, 3, 4, 5, 6, 15, 20 fracciones I, X, XXlll, 21, 29 fracciones I, XIII y XVI, 30, 31 fracciones I, III, VII, X y Xl y 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, artículos 1 fracción VI y 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; artículos 1 de su Reglamento; 1 Párrafo Primero, 9 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; artículos 1 párrafo primero, 36 y demás relativos de su Reglamento; 72, 74 y 75 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; Artículo Primero, Numerales 10, 12 y 16 del Acuerdo por el que se Delega y atribuye a la Dirección General de Administración y Finanzas, Dirección de Capital Humano, Dirección de Finanzas, Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios de la Alcaldía Benito Juárez, las Facultades que se indican y

CONSIDERANDO

  1. Que la Alcaldía Benito Juárez, es un Órgano Político Administrativo del Gobierno de la Ciudad de México, cuya administración pública corresponde al Alcalde, misma que está dotada de personalidad jurídica y autonomía funcional con respecto a su administración y acciones de gobierno en los términos que...

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