Acuerdo Gubernativo Número 225, mediante el cual, se donan a favor del Municipio de Manuel Doblado, perteneciente al Estado de Guanajuato, diversos bienes muebles que se detallan en el documento respectivo

Fecha de publicación01 Junio 2010
EstadoGuanajuato
MunicipioManuel Doblado
1 DE JUNIO - 2010
PAGINA 32 PERIODICO OFICIAL
Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77 fracción XXIV de la Constitución
Política para el Estado de Guanajuato, así como en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 9o., 13
fracciones I y II, 23 fracción I inciso g) y 24 fracción IV inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para
el Estado de Guanajuato; 76 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y
Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato, y 99 del Reglamento de la Ley de
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado
de Guanajuato para el Poder Ejecutivo.
C o n s i d e r a n d o
Público en el Estado de Guanajuato establece que se puede enajenar a título gratuito a los municipios, a
otras entidades federativas y a las instituciones educativas o de beneficencia, los bienes muebles propiedad
del Gobierno del Estado de Guanajuato.
como la base de la división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, consolidándolo
como detonador para el desarrollo de cualquier programa, estrategia y objetivo del gobierno, por ser el
ámbito público primigenio que tiene un contacto directo con la población.
Los municipios tienen, por tanto, una serie de compromisos y obligaciones que cumplir con la
ciudadanía, entre ellos, el cumplimiento de su plan de gobierno, los programas que implementen o la prestación
de servicios públicos.
En ese sentido, el Gobierno del Estado refrenda el compromiso de apoyar a los municipios a fin de
que cumplan sus objetivos y una de las formas para auxiliarlos es donándoles bienes muebles que pueden
apoyarlos en el cumplimiento de sus funciones.
Con base en lo anterior, autorizo la donación de los bienes muebles descritos en el artículo primero
del presente Acuerdo Gubernativo a favor del Municipio de Manuel Doblado.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales referidas, he tenido a
bien expedir el siguiente:
Acuerdo Gubernativo Número 225
Artículo Primero. Se donan a favor del Municipio de Manuel Doblado, perteneciente a esta entidad
federativa, los bienes muebles que se detallan a continuación:
Número de control Descripción del bien mueble Factura
número
3385 Marca: Chevrolet, Tipo: C-15 Pick up, Modelo: 2000, Color: Blanco, A 07866
Número de Serie: 1GCEC14W0YZ236527, Placas: M01144
3384 Marca: Chevrolet, Tipo: C-15 Pick up, Modelo: 2000, Color: Blanco, A 07872
Número de Serie: 1GCEC14W6YZ239951, Placas: M01135
3514 Marca: Chevrolet, Tipo: Custom,Modelo: 2000, Color: Blanco, SF-03193
Número de Serie: 1GCEC14W8YZ215389, Placas: M01166

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