Acuerdo General G/JGA/62/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que se establece el cambio de adscripción de la Magistrada Rosa María Corripio Moreno a la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Golfo-Norte y suplencia de la misma; del Magistrado Carlos Enrique Mendoza Ponce a la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México; y del Magistrado José Guadalupe Medina Romero a la Primera Ponencia de la Sala Regional de Tlaxcala.

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EmisorTribunal Federal de Justicia Administrativa

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/62/2018

CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE LA MAGISTRADA ROSA MARÍA CORRIPIO MORENO A LA TERCERA PONENCIA DE LA SALA REGIONAL DEL GOLFO-NORTE Y SUPLENCIA DE LA MISMA; DEL MAGISTRADO CARLOS ENRIQUE MENDOZA PONCE A LA PRIMERA PONENCIA DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL NORTE-ESTE DEL ESTADO DE MÉXICO; Y DEL MAGISTRADO JOSÉ GUADALUPE MEDINA ROMERO A LA PRIMERA PONENCIA DE LA SALA REGIONAL DE TLAXCALA.

Acuerdo General G/JGA/62/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que se establece el Cambio de Adscripción de la Magistrada Rosa María Corripio Moreno a la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Golfo-Norte y suplencia de la misma; del Magistrado Carlos Enrique Mendoza Ponce a la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México; y del Magistrado José Guadalupe Medina Romero a la Primera Ponencia de la Sala Regional de Tlaxcala.

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual;

  2. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional, establece que la Junta de Gobierno y Administración es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, y que en términos de la fracción II del artículo 23 de la misma Ley, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal;

  3. Que en términos de los artículos 46 y 47, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, vigente de conformidad con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; se entiende por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias, y los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos...

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