Acuerdo y Documento Que Contiene el Programa Parcial de Urbanización Denominado "Bella Luna", Localizado en Terrenos de la Parcela 67 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua del Municipio de Manzanillo, COLIMA.

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 19 de Marzo del año 2016; Núm. 17, pág. 541. ACUERDO

Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "BELLA LUNA", LOCALIZADO EN TERRENOS DE LA PARCELA 67 Z-1 P1/1 DEL EJIDO SALAGUA DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.050/2016, de fecha 8 de marzo del año 2016 y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 9 del mismo mes, el Secretario de Infraestructura Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del Programa Parcial de Urbanización denominado "BELLA LUNA", localizado en terrenos de la parcela 67 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua del Municipio de Manzanillo, Colima, el cual es promovido por la empresa denominada Promotora de Bienes Raíces Puerto Marc S.A de C.V.

SEGUNDO.- Que el H. Cabildo Constitucional del Municipio de Manzanillo, Col., en Sesión celebrada el día 26 de febrero año 2016, aprobó el Programa Parcial de Urbanización denominado "BELLA LUNA", localizado en terrenos de la parcela 67 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua del municipio ya mencionado, según Acuerdo expedido el día 2 de marzo del año en curso, por el Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional en función de Encargado del Despacho de Presidencia Municipal, la cual se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.- Que el Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación del Programa Parcial de Urbanización denominado "BELLA LUNA", localizado en terrenos de la parcela 67 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua del Municipio de Manzanillo, Colima.

CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el...

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